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Nuevos intentos de reformar la Ley de Propiedad Horizontal

Según Catastro Distrital, en Bogotá el 65 por ciento de los predios son de propiedad horizontal.

Según Catastro Distrital, en Bogotá el 65 por ciento de los predios son de propiedad horizontal.

Foto:Abel Cárdenas. EL TIEMPO

¿Se justifica seguir insistiendo en la reforma de la Ley 675 de 2001?

En artículo publicado el 18 de junio de 2022, en este mismo espacio, hice referencia al archivo, en el Congreso, del Proyecto de Ley 301/20 Cámara, 511 /21 Senado y reiteré lo que muchos abogados y otros estudiosos del tema de la propiedad horizontal hemos manifestado sobre la inconveniencia de reformar la Ley 675 de 2001 (por clara justificación para ello) y remplazar su articulado por previsiones que, como lo advertí desde la radicación del proyecto citado en la Cámara , “puede generar confusión, intranquilidad y conflictos, tener un efecto contrario para la seguridad y para la convivencia y afectar económicamente al Sector de la Construcción y las Copropiedades (…)".
Considero que el lapso de casi dos años transcurrido entre la radicación y el archivo del proyecto citado, aunque para unos haya sido tiempo perdido, en realidad sirvió para concluir por la mayoría, la necesidad de mantener la estructura de la Ley vigente, pues no se trata de tomar cada artículo para desarrollarlo, ampliarlo o modificarlo como si se tratara de un decreto reglamentario o de un reglamento de propiedad horizontal . La Ley debe ser general y por ello no contiene todo lo que desearían algunas personas.
De igual manera, se apreció el gran interés que existe y que cada día crece por todo lo que implica vivir o desarrollar cualquier actividad, dentro de un inmueble en que es necesario compartir bienes y servicios con otras personas.
Especialmente cuando el proyecto estuvo en estudio del Senado de la República, y tal como se refleja en la Ponencia para Segundo Debate, los académicos, administradores, abogados, gremios de diferentes sectores, tuvimos la oportunidad de participar y por ello al final el texto archivado ya había corregido varios errores del aprobado en la Cámara, lo había depurado y simplificado manteniendo algunos aspectos que si bien no eran sustanciales, al menos no hacían daño a la Ley vigente.
Se admitió que el proyecto no debía regular temas de otras materias y leyes, y después de muchas discusiones se eliminaron artículos que generaban controversia.
Quedaron retirados desde antes, aspectos que eran de la sustancia del citado proyecto, como la Inspección, Control y Vigilancia, el Registro Único de Administradores, el Consejo Nacional de Propiedad Horizontal, que deben ser objeto de estudio, planeación y objeto de otras leyes, y que requerían mayor análisis para leyes posteriores.

Las nuevas iniciativas

No obstante el camino recorrido, en el cual no solo se evidenció que los problemas de la propiedad horizontal no se relacionan con la Ley 675 de 2001, acaban de ser radicados dos proyectos de ley ante la Cámara de Representantes (205 y 282 de 2022) que buscan reformar la Ley 675 de 2001.
Respetando la iniciativa, trabajo y buena intención de los legisladores y de quienes les colaboran externamente con sus aportes, no solo sorprenden por el poco tiempo trascurrido desde la fecha del archivo del proyecto anterior, sino porque se volvió atrás, incluyendo, excepto el enunciado del segundo (282), las mismas previsiones que ya habían sido evaluadas, y muchas eliminadas al final (en el Senado) . Es, como dije al comienzo del proyecto anterior, como si partiéramos de cero.
En el evento, con gran éxito y concurrencia, que realizó Gigsa el pasado 18 de noviembre, tuvimos la oportunidad de participar en un panel de expertos para evaluar el tema y concluimos, con los demás panelistas, que no es conveniente ni necesario reformar la Ley 675 de 2001.
Con el fin de no utilizar otros años, con mayor desgaste para administradores y copropiedades, insistiendo en los mismos errores que parecían subsanados (algunos) considero que es prudente retirar o archivar de una vez los dos proyectos y dedicar el tiempo a estudiar los aspectos que quedaron faltando y que eran importantes, así como otros problemas de la propiedad horizontal.
No tiene presentación que se sigan invirtiendo recursos públicos y privados en evaluar todo de nuevo, para llegar a lo mismo, incluso el archivo de proyectos que seguramente no tendrán la misma participación ciudadana.
Consultado el doctor Germán Molano Baquero, presidente del Colegio de Administradores de Propiedad Horizontal, agregó al respeto:
“Los Proyectos de Ley 205 y 282 Cámara 2022 para reformar y adicionar la Ley 675 de 2001, contienen el mismo texto recientemente tramitado y archivado del proyecto de ley 511 Senado 2021. Se insiste en afectar los derechos de los adquirentes de unidades privadas en propiedad horizontal, contrariando las normas de protección de los derechos del consumidor inmobiliario y la Ley de Vivienda Segura. La integración por etapas y la entrega de los bienes comunes por parte del propietario inicial se adecuan para dejar desprotegido a quien con tanto sacrificio adquiere vivienda en este régimen especial. De otra parte, con textos sobre el administrador, el principio de la unidad de materia en la construcción de normas no se cumple con esos proyectos. Desde nuestra institución exigimos el retiro o archivo de esos textos o corregirlos para fortalecer la ley 675 de 2001 en bien de la comunidad“.
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