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El Dane tendrá acceso a información tributaria para fines estadísticos

La Dian y el Dane firman acuerdo de cooperación interinstitucional para acceso a información tributaria y aduanera.

La Dian y el Dane firman acuerdo de cooperación interinstitucional para acceso a información tributaria y aduanera.

Foto:Dane

Esto se da gracias a un acuerdo de cooperación que firmó con la Dian. 

A partir de ahora, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) podrá contar con información tributaria y aduanera para fines estadísticos.
Esto se da gracias al acuerdo de cooperación interinstitucional que firmó con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
La información que será objeto de entrega por parte de la Dian al Dane es aquella registrada en las declaraciones presentadas por los ciudadanos a la administración tributaria y de ninguna manera corresponde al recaudo de impuesto por parte de la Nación.
El Dane deberá guardar confidencialidad respecto del tratamiento de los datos personales y adoptar, entre otras, medidas de naturaleza técnica, humana o administrativa que sean necesarias para otorgar seguridad a la información entregada.

La información que será objeto de entrega por parte de la Dian al Dane es aquella registrada en las declaraciones presentadas por los ciudadanos a la administración tributaria

“La información objeto de este acuerdo será utilizada exclusivamente por el Dane y no podrá ser compartida con las demás entidades que hacen parte del Sistema Estadístico Nacional SEN ni con terceros”, resaltó el director general de la Dian, Lisandro Junco Riveira.
Según el director del Dane, Juan Daniel Oviedo, este acuerdo contribuirá al fortalecimiento y modernización de la producción de estadísticas oficiales en el país de mejor calidad y precisión a partir del uso de los registros de naturaleza tributaria y su integración con otros registros, censos y encuestas.
Por ejemplo, el Dane podrá complementar, contrastar o enriquecer algunas de las variables que recaba a través de operaciones estadísticas, como las encuestas económicas, las cuentas nacionales (PIB nacional y departamental, Indicador de Seguimiento a la Economía –ISE o Cuentas Nacionales Trimestrales por Sector Institucional –CNTSI) y las cuentas satélites.
Además, los registros administrativos de la Dian le permiten a la entidad estadística robustecer los indicadores de demografía empresarial y el concepto de población de referencia a partir de la disponibilidad de fuentes secundarias.

Qué trae el acuerdo

El acuerdo se fundamenta en la excepción a la reserva legal de la información tributaria establecida en el parágrafo 1 del del artículo 160 de la Ley 1753 de 2015, modificado por el artículo 155 de la Ley 1955 de 2019, precisando que el levantamiento de la reserva se predica exclusivamente respecto del Dane.
La información objeto del acuerdo está contenida en el Registro Único Tributario (RUT); el Formulario 120 Declaración de Precios de Transferencia para los años gravables 2017, 2018 y 2019 el Formulario 110 Declaración de Renta y Complementario o de Ingresos y Patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas y Personas Naturales y Asimiladas no Residentes y Sucesiones Liquidas de Causantes no Residentes para los años gravables 2017, 2018 y 2019; el Formulario 210 Declaración de Renta y Complementario de Personas Naturales y Asimiladas de Residentes y Sucesiones Ilíquidas de Causantes Residentes para los años gravables 2017, 2018 y 2019; el Formulario 300 Declaración del Impuesto sobre las Ventas IVA para los años gravables 2017, 2018 y 2019; el Formulario 310 Declaración Impuesto Nacional al Consumo para los años gravables 2017, 2018 y 2019; el Formulario 350 Declaración de Retención en la Fuente para los años gravables 2018 y 2019; Formulario 410 Declaración Semanal Gravamen a los Movimientos Financieros para los años gravables 2017, 2018 y 2019; el Formulario 430 Declaración Impuesto Nacional a la gasolina y ACPM para los años gravables 2017, 2018 y 2019, y el Formulario 435 Impuesto Nacional al Carbono para los años gravables 2017, 2018, 2019 y 2020.
Según ambas autoridades, Colombia se convierte en uno de los primeros países del mundo en lograr un convenio de este tipo entre la autoridad tributaria y la autoridad estadística.
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