Aumenta la tarifa general de 16 al 19 por ciento. Productos básicos de la canasta familiar siguen exentos, principalmente, alimentos, medicamentos y útiles escolares. Teléfonos celulares con un costo inferior a $ 650.000 quedan libres de este impuesto, al igual que el servicio de internet de los estratos 1 y 2. Plataformas digitales, como Uber y las que promueven ventas electrónicas, quedan gravadas.
2. Renta a empresasHabrá tarifa única de impuesto de renta, la cual se irá reduciendo hasta llegar a 32 por ciento en 2019. Esto implica que se elimina el Cree y el impuesto a la riqueza. De esto queda exenta la industria editorial. Zonas francas aportarán 24 por ciento.
Cooperativas, fondos de empleados y cultos religiosos no pagarán impuesto de renta, pero no podrán repartir excedentes.
3. Renta a personas naturalesSe incorporan 500.000 nuevos declarantes, pues la declaración de renta será obligatoria a partir de ingresos de $ 2,7 millones. Los nuevos tendrán una tarifa muy baja y los asalariados conservarán la deducción del 25 % de su renta de trabajo.
4. DividendosLa reforma propone una tarifa del 10 % a los dividendos de más de 29’753.000, y del 5 %, entre $ 17 y $ 29 millones. No tributarán dividendos inferiores a $ 18 millones.
5. Gaseosas y cigarrillosEl impuesto a bebidas azucaradas será de $ 300 por cada litro. Se pagará cuando se despacha desde el centro de producción. Para los cigarrillos, la reforma propone un cobro de $ 2.100. El impuesto de hoy es de $ 701. El recaudo esperado con ambos tributos, de 1,4 billones de pesos, se destinará a financiar la salud.
6. Monotributo a comerciantesDirigido a pequeños comerciantes, este impuesto, que junta los tributos a la renta y el IVA, recaerá sobre tiendas, panaderías, peluquerías y negocios similares. Se trata de una tarifa mínima, según el Minhacienda, que busca formalizar el sector y facilitar su tributación.
Así, un negocio con ingresos anuales entre $ 41 y $ 104 millones aportará entre $ 40.000 y $ 80.000 por mes. Será voluntario.
7. 4x1.000Pese a que se le ha considerado como impuesto antitécnico, se mantiene, por el recaudo que permite.
8. Sin ánimo de lucroEl principal cambio en este aspecto es que solo la Dian podrá decir qué entidades sin ánimo de lucro pueden obtener el beneficio tributario del régimen especial que les aplica.
9. GasolinaSobre este producto recaen dos nuevos tributos, uno por la medida de cobrar por tonelada de gas carbónico emitido y otro para apoyar el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles.
10. Cárcel a evasoresPor ocultar bienes o inventar deudas para evadir impuestos por encima de los $ 100 millones, habrá sanción de entre 48 y 108 meses de cárcel (4 y 9 años). Montos inferiores pagarán una multa del 20 %.
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