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Así son los avalúos que impactan el predial en Bogotá

Este año, la Secretaría de Hacienda espera recaudar $ 3,1 billones por predial.

Este año, la Secretaría de Hacienda espera recaudar $ 3,1 billones por predial.

Foto:Carlos Ortega y Rodrigo Sepúlveda / EL TIEMPO

Si el avalúo catastral supera el valor comercial, hay que revisar si vale reclamar en Catastro.

Andrea Morante
Al comenzar cada año, muchos ciudadanos están a la expectativa de los reajustes que tuvieron los avalúos catastrales de sus inmuebles y el efecto que esto producirá en sus asuntos tributarios. 
Por eso, para resolver algunas inquietudes, el abogado tributarista Álvaro Camacho destaca cómo impactarán el bolsillo de los contribuyentes en Bogotá.
Vale recordar que es posible indagar sobre los montos en las facturas y declaraciones del impuesto predial, o mediante la obtención de certificados catastrales en www.catastrobogota.gov.co
“Para entender los cambios es importante conocer que los avalúos catastrales se pueden clasificar en dos grupos importantes: los actualizados y los de conservación”, señaló Camacho, quien describe cada uno a estos.
Avalúos actualizados. En esta categoría, el límite es el valor comercial del predio. Si este se desvalorizó, eso también se verá reflejado.

Los avalúos catastrales se pueden clasificar en dos grupos importantes: los actualizados y los de conservación

En el caso de que el avalúo catastral sea superior al valor comercial, se deberá revisar si vale la pena presentar una reclamación en Catastro. Sin embargo, mientras la entidad se pronuncia, la norma dispone que se debe acatar el valor vigente en relación con el impuesto predial.
De conservación. Corresponde a los avalúos de inmuebles que no fueron objeto de una actualización. Para este año tendrán un incremento del 12,5 por ciento, respecto al 2017.
El abogado recordó que hay un caso especial de inmuebles que no tienen avalúo catastral. “Es una situación excepcional y para ello se determinan con fundamento en unas tablas que contienen el valor promedio por metro cuadrado de terreno y/o edificación, según el tipo de inmueble (vivienda, comercial industrial, etc.) La tabla para el 2018 está en la resolución SDH-000316 del 2017”.
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Andrea Morante
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