El inicio del nuevo año traerá consigo un nuevo leve recorte en el tope máximo de intereses que se puede cobrar en el país a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo.
Y es que la Superintendencia Financiera acaba de certificar que la tasa de usura que comenzará a regir a partir del primero de enero del 2018 y hasta el 31 del mismo mes será de 31,04 por ciento efectiva anual, la cual se sitúa 12 puntos básicos frente a la que rige hasta el cierre del presente año y es aplicable a los créditos de consumo y ordinarios.
A través de la Resolución 1890 expedida este 28 de diciembre de 2017 el ente de vigilancia y control del sistema financiero colombiano también certificó el Interés Bancario Corriente en 20,69 por ciento efectivo anual, el cual representa una disminución de 0,08 por ciento, en relación con la tasa de diciembre que está en 20,77 por ciento.
Este interés será aplicable a los créditos de consumo y ordinario entre el 1 y el 31 de enero del siguiente año.
Además, certificó el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 36,78 por ciento, lo cual representa un aumento de 2 puntos básicos o 0,02 por ciento en relación con la anterior certificación de 36,76 por ciento. Este interés regirá entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2018, indicó la Superfinanciera.