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Economía

12 cosas que debe saber sobre la actualización del RUT

El trámite por primera vez se hace personalmente en las oficinas de la Dian.

El trámite por primera vez se hace personalmente en las oficinas de la Dian.

Foto:Fernando Ariza/Archivo-EL TIEMPO

La renovación es solo para personas que deben cambiar datos como dirección o régimen impositivo.

Rolando Lozano
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) inicia un proceso para que ciudadanos renueven sus datos básicos en el Registro Único Tributario (RUT).
La medida tiene, entre otros objetivos, facilitar la facturación electrónica, la formalización empresarial y las nuevas medidas que incluyó la Ley de Financiamiento.

Si es la primera vez que accede al portal de la Dian, haga clic en el botón nuevos usuarios

Sin embargo, solo deberán actualizarlo las personas que hayan cambiado la dirección de notificación o su correo electrónico; y en el caso de las sociedades jurídicas si remplazaron el revisor fiscal.

Aquí, los puntos a tener en cuenta

  1. Los obligados a tramitarlo son los colombianos empleados, que generan transacciones independientes.
  2. Es indefinido una vez se tramita.
  3. Solo hay que actualizarlo cada vez que se cambia un dato.
  4. El servicio es gratuito y se realiza directamente en el portal de la Dian ( www.dian.gov.co).
  5. Si es la primera vez que accede al portal de la entidad, haga clic en el botón ‘nuevos usuarios’. En este punto ingresará a la plataforma de servicios en línea de la entidad, denominada Muisca.
  6. Para obtener el documento, haga clic en el botón ‘RUT’, después despliegue el submenú ‘inscríbase'.
  7. El trabajador que pasó a ser pensionado tendrá que reportar su nueva condición; el que cambió de empleo y había registrado el correo electrónico de la empresa en la que trabajaba también; igualmente el que renunció e inicia un emprendimiento.
  8. Para las personas naturales y jurídicas que ya tienen RUT y no necesitan modificarle ningún dato, el documento sigue vigente y sirve para todos los trámites que requieran en el país.
  9. El ciudadano que se da cuenta que antes era régimen simplificado y ahora no, igualmente debe renovarlo.
  10.  El ciudadano que pasa de régimen simplificado a responsable del IVA también debe actualizar sus datos.
  11. La multa por cada día de retraso en la actualización de la información es de 34.270 pesos, a partir de los plazos que fije la Dian.
  12. Los contribuyentes no deben olvidar reportar los cambios en la dirección de negocio o domicilio, correo electrónico o algún otro dato básico porque serán sancionados.
ECONOMÍA Y NEGOCIOS - EL TIEMPO
Rolando Lozano
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