El Congreso de la República dio su visto bueno a un proyecto de ley que adoptó el “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)”, que fue firmado el 10 de noviembre de 2007 en Santiago de Chile, durante la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado.
Según el Ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, en dicho convenio quedaron incluidos 15 países iberomericanos y, con el mismo, se verían beneficiados en materia de pensiones 4.7 millones de colombianos.
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La iniciativa permite que quienes hayan cotizado pensión y realizado sus aportes al sistema de seguridad en uno de esos 15 países, puedan acceder a pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia de origen común.
Los países firmantes son Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
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“Con la implementación de esta alianza, se amplían los mecanismos de protección social para los colombianos que han laborado, se encuentran laborando o se trasladan a alguno de los 15 países que firmaron este pacto, así como a los extranjeros provenientes de esos países que estén empleados en Colombia”, dijo el ministro Cabrera Báez.
Según el Ministerio, esta iniciativa facilita los canales de migración regular con miras a reducir la vulnerabilidad de esta clase de población, "garantizando el principio de igualdad de trato para con los nacionales de los Estados que hacen parte del convenio y se propenda para que hayan más pensionados”.
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La clave del asunto es que los colombianos que estén cotizando en dichos países tendrán derecho a que se les reconozca la proporción que les corresponda y las semanas cotizadas al momento de pensionarse en Colombia o en el exterior.
Según el Ministerio, esta normatividad "garantiza la igualdad de trato de los trabajadores iberoamericanos con independencia de la nacionalidad cuando trabajen en un país diferente al suyo".
Además, "admite la totalización de los periodos de cotización a pensión, acreditados en los distintos países que hacen parte del convenio; garantizándose la conservación de los derechos en curso de adquisición".
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Y "asegura la conservación de los derechos adquiridos, no perdiéndose las prestaciones por trasladarse a otro país".
A esto se suma que se "permite la aplicación de las disposiciones más favorables al trabajador en el caso de que existan un convenio bilateral". Además, dijo la Cartera, se "establece la colaboración administrativa y técnica entre las instituciones gestoras para facilitar la aplicación de los derechos de los beneficiarios".
EL TIEMPO
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