Las empresas en ocasiones cometen errores como no pagar las vacaciones o las prestaciones sociales legales correspondientes al periodo trabajado.
Si usted se ve enfrentado al proceso de renunciar a una empresa o que esta decida prescindir de sus servicios con o sin justa causa, siempre es clave sacar un tiempo para revisar en detalle la liquidación.
Carlos Roldán, mánager de la división de Recursos Humanos de la firma Michael Page, señala que es muy importante que los colaboradores conozcan todas las variables que entran a jugar en una liquidación laboral, y así puedan verificar si les están pagando lo justo y eso les permita organizar sus finanzas hasta que vuelvan a vincularse a una compañía.
Por lo anterior, los trabajadores deben conocer los errores más frecuentes que se cometen a la hora de una liquidación laboral:
No pagar las vacaciones. El empleado tiene derecho a que la compañía le pague los montos que se adeudan por sus servicios hasta la fecha, incluyendo vacaciones no disfrutadas.
No pagar en su totalidad las prestaciones sociales legales. En el caso de que el trabajador tenga un salario ordinario (menos de los 8.962.915 pesos), la empresa deberá pagar las prestaciones sociales causadas hasta la fecha, como cesantías, intereses de las cesantías y prima.
Omitir la entrega de certificaciones. El trabajador tiene derecho a recibir un certificado laboral, una autorización para hacerse un examen médico de retiro (recomendable hacérselo en cualquier circunstancia), la certificación del pago de seguridad social y pago de parafiscales de los últimos tres meses.
No pagar la liquidación en un plazo máximo de 15 días hábiles. La Corte Suprema de Justicia ha permitido en varios fallos un ‘tiempo razonable’ que, aunque no establece un número fijo, es usual que por buenas prácticas no sobrepase los 15 días hábiles tras terminado el contrato. Si en este tiempo el colaborador no ha recibido su pago, podrá enviar un derecho de petición a la empresa.
La organización tendrá 15 días hábiles para responder, pero si no lo hace podrá ir al Ministerio de Trabajo a presentar su petición y tendrá derecho, por cada día de mora, a un día de salario (según su último salario devengado) dentro de los 24 meses posteriores al fin del contrato.
Para calcular la liquidación es aconsejable evaluar si en su círculo social hay una persona cercana a estos temas que le pueda ayudar; si no, el empleado puede acudir a los consultorios jurídicos de las universidades que prestan servicios de asesoría gratuita a personas de estratos 1 y 2.
Si el trabajador no figura en esa categoría, puede ingresar a la página del Ministerio de Trabajo y usar la calculadora laboral, donde debe tener claro el tipo de contrato laboral que tiene, la fecha de ingreso y de salida de la empresa, el número de días laborados, los días de vacaciones no disfrutadas y el sueldo base.
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