Alrededor de 9.200 millones de pesos tendrán que pagar Claro, Tigo y Movistar, tras la sanción impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), "por amarrar o condicionar los beneficios otorgados a sus clientes en la venta de teléfonos celulares a sus planes de telefonía móvil, violando así las normas establecidas por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC)".
Según el organismo de control, "ofrecían cuotas gratis en la venta del equipo celular adquirido por los usuarios, siempre y cuando, sus usuarios suscribieran un plan de comunicaciones por un valor mínimo y ciertas condiciones que de cumplirse, generarían la pérdida de las cuotas gratis ofrecidas en la venta de los teléfono".
La Superindustria concluyó que impedirle al usuario terminar el contrato de prestación de servicios de comunicaciones, modificarlo para consumir un plan de menor valor o cambiarse de pospago a prepago, so pena de perder unas cuotas gratis en la compra del teléfono celular, constituye una violación a las normas vigentes de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), pues ata o amarra el contrato de venta del teléfono al contrato de telefonía móvil, lo cual está prohibido desde mediados de 2014.
Cabe recordar que, desde la eliminación de la cláusula de permanencia mínima a mediados de 2014, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) estableció la obligación legal de respetar la independencia entre el contrato de venta de equipos (teléfonos celulares) y el de prestación de servicios de comunicaciones (planes).
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