En junio de 2020 el exseleccionador del equipo femenino nacional, Dídier Luna, fue condenado por el Juzgado 15 de conocimiento de Bogotá por el delito de injuria por vías de hecho. Decisión que habría sido ratificada este martes.
Esto, después de que el acusado aceptara su responsabilidad en la denuncia hecha por Carolina Rozo, quien era fisioterapeuta de la Selección femenina sub-17 cuando Luna era seleccionador de la misma.
En dicha ocasión el juez señaló que ““se hace necesario enviar tanto al penado, Luna, como a la comunidad en general, un mensaje de repudio total y absoluto al delito de acoso sexual en contra de las mujeres en cualquier escenario en que este se produzca”.
Después de un preacuerdo con la Fiscalía, el delito de acoso sexual se cambió por injuria por vía de hecho agravado. Sanción con la cual estuvieron de acuerdo Fiscalía como Procuraduría y que fue apelada por la defensa de Luna.
La pena a la que fue condenado es de 28 meses (2 años y 4 meses) de prisión. Sin embargo, esta pena no es privativa de la libertad, pero para ello, Luna debe pagar una caución de 20 salarios mínimos mensuales vigentes.
La audiencia del fallo de apelación estaba programada para este martes y la decisión fue ratificar la pena en contra del exseleccionador, condenándolo a la pena principal de 28 meses de prisión, y multa consistente en quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes, concediéndole el subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena".
"Contra esta providencia procede el recurso extraordinario de Casación", dice el fallo.
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