"El dinero que usted logra conseguir con sus argumentos, quitado a la Iglesia y que pasará a sus bolsillos, sea para usted y su familia causa maldita de su ruina”. Ese fue el deseo del vicario de asuntos económicos de la Arquidiócesis de Manizales, Marcos Fernando Barrientos Gómez, para el abogado de una de las víctimas de un sacerdote condenado por abuso sexual de menores de edad.
La carta fue la reacción del presbítero a la orden del Tribunal Superior de la ciudad, en la que se le obliga a la Iglesia a pagar la indemnización junto con el expárroco violador, Pedro Abelardo Ospina Hernández, por hechos ocurridos en Filadelfia (Caldas) en 2008.
El apoderado receptor, Ofni Patiño, se declaró “muy sorprendido” por el tono de la comunicación. Pero no fue el único. Documentos similares, con maldiciones del mismo talante, llegaron a los despachos de todos los jueces y magistrados relacionados con el caso, así como a otros abogados de la contraparte.
“Para los operadores de justicia ha resultado sorprendente, por decir lo menos, que se haya presentado una reacción inusitada de un prelado en contra de una decisión netamente jurisdiccional. (…) Peor aún, que se haga usando términos ofensivos y difamatorios contra la administración de justicia en un caso de absoluta limpieza”, declaró el magistrado Álvaro José Trejos, presidente del Colegio de Jueces y Fiscales de Caldas.
El padre Barrientos envió la carta como persona y sacerdote. Por eso yo no puedo justificar todas sus expresiones.
A pesar de que el documento lleva el membrete de la Arquidiócesis de Manizales, la institución católica aclaró que este no representa su posición oficial. El arzobispo de la capital caldense, monseñor Gonzalo Restrepo, dijo que el padre Barrientos “envió la carta como persona y sacerdote. Por eso yo no puedo justificar todas sus expresiones”.
Sin embargo, el líder eclesiástico local agregó que “habría que reflexionar un poco por qué a la Iglesia, como institución, se le imputa un delito personal”. Según él, “es a la única que le caen para responsabilizarla” en este tipo de crímenes cometidos por ciudadanos individuales. A esto mismo hace referencia el padre Barrientos en sus misivas.
Patiño considera que se trata de una confusión. “Una persona jurídica no puede pecar, como dice él, pero sí tiene responsabilidad civil extracontractual”. En otras palabras, debe contribuir a la reparación del daño causado por sus sacerdotes, cuando estos se valen de ese título para cometer crímenes como en este caso, en el que las víctimas eran los monaguillos.
El delito ya había sido resuelto. Aquí, solamente, se trata de la restauración de una víctima, que es lo mínimo que se debe esperar cuando se ha causado un daño
Así, la Iglesia no fue condenada ni imputada en lo penal, como lo afirmaba el vicario. “El delito ya había sido resuelto (con la condena de la Corte Suprema de Justicia a 20 años de cárcel contra el expadre Ospina). Aquí, solamente, se trata de la restauración de una víctima, que es lo mínimo que se debe esperar cuando se ha causado un daño”, explicó el magistrado Trejos.
Agregó que este tipo de medidas son cada vez más comunes y que se aplican contra diferentes instituciones, no solo el clero. Aseveró que “la tendencia actual es que la persona jurídica responde directamente por el hecho de sus agentes”. En este caso, los sacerdotes están bajo jurisdicción de la Arquidiócesis, aunque no tengan un contrato laboral, que es el otro argumento del clero.
Pese a toda la polémica, monseñor Restrepo anunció que la institución cumplirá las normas y la disposición de la justicia. Pero Barrientos no será reprendido porque se pronunció en su “libertad personal” y no como una voz oficial.
MANIZALES
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