El Juzgado Primero Administrativo oral de circuito de Armenia suspendió provisionalmente los artículos 96 en su numeral uno y 98 en su respectivo numeral once del acuerdo 019 del Concejo de Armenia que adoptó el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de la capital quindiana, vigente desde 2009.
Estos artículos tienen qué ver con la distancia entre las rondas hídrica y las construcciones dado que el POT de Armenia permitía que las obras estuvieran a 15 metros de las quebradas mientras que la norma nacional dice que debe ser a 30 metros, igual distancia que debe mantenerse con los ríos.
Esta demanda había sido instaurada en julio por el exdirector jurídico de la Corporación Regional del Quindío (CRQ), Mauricio Quiceno. El abogado explicó que las áreas forestales protectoras y las rondas de los ríos no se están respetando y por eso solicitó la suspensión de estos artículos del POT.
El juez tuvo en cuenta el concepto entregado por la Procuradora 99 Judicial I Administrativa, Diana Patricia Hernández Castaño, frente a la demanda donde advirtió que las normas acusadas establecen una zona de protección ambiental para las quebradas de 15 metros a cada lado; sin embargo, el Decreto 1449 de 1977 compilado en el decreto 1076 de 2015 del sector ambiental, "prevé un área no inferior a treinta 30 metros, para una zona de ronda consolidada de 60 metros, lo cual aplicaría no solo para los cauces de los ríos, sino también para las quebradas sin distinción alguna".
A esa demanda se suma otra, instaurada por el procurador ambiental de Armenia, Carlos Arrieta, quien también solicita la suspensión de estos dos artículos del POT sumados a otros tres.
La Procuraduría General de la Nación exhortó al Departamento de Planeación de Armenia, en cabeza de Claudia Milena Hincapié, a emitir los lineamientos y directrices relacionadas con el cumplimiento de esta medida cautelar, específicamente en los trámites de licencias urbanísticas que se encuentren en curso ante las curadurías urbanas de la ciudad.
Comentar