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Custodia de niña colombo-argentina quedó en manos de madre colombiana
Ivette Johanna

Ivette Johanna vive en ibagué con su hija, de 4 años.

Foto:

Cortesía Sineditar.com

Custodia de niña colombo-argentina quedó en manos de madre colombiana

Este es el tercer fallo que se da en el proceso de restitución internacional de la menor.

Un nuevo 'round' tuvo la batalla jurídica que libran la colombiana Ivette Johanna Nieto Suárez y el abogado argentino Marcelo Javier Losice, por la custodia de su hija de 4 años.

En esta oportunidad, la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Ibagué confirmó una sentencia emitida en septiembre del año pasado por el Juzgado Cuarto de Familia, la cual había otorgado la custodia de la menor a su madre residenciada en la capital del Tolima.

“Con el nuevo fallo, la niña debe quedarse en Ibagué junto a su madre”, afirmó la abogada Carolina Calderón, y agregó que la decisión se tomó tras un estudio pormenorizado de los forenses y psicólogos clínicos que intervinieron en el proceso.

“El padre pedía el retorno de la niña a Argentina, donde él vive, pero esa situación terminaría por hacerle daño, pues la desubicaría, ya que su arraigo está en Ibagué junto a su madre”, dijo Calderón.

Ivette Johanna Nieto señaló: “Gracias a Dios el Tribunal Superior de Ibagué falló en derecho ratificando que la niña debe vivir conmigo. He pasado días de mucha angustia”.

Con el nuevo fallo, la niña debe quedarse en Ibagué junto a su madre

El caso, incluso, llegó a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, que a comienzos de este mes procedió a dejar sin efectos una primera sentencia de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Ibagué, que había ordenado la restitución internacional de la menor a Argentina.

La Corte amparó el derecho al debido proceso, tras una acción de tutela presentada por Ivette Johanna Nieto Suárez, la madre de la menor.

La historia de este caso comenzó en el 2006 en Ibagué, donde Marcelo e Ivette, una bacterióloga, de 42 años, comenzaron una relación sentimental que continuaron en la ciudad de Quilmes, en Argentina, lugar de origen del abogado.

Seis años después, la relación dio como fruto el nacimiento, en Argentina, de la pequeña Valentina, pero luego el amor desapareció en medio de discusiones. El abogado, de 51 años, se fue a vivir con su madre y ella se quedó en el apartamento con Valentina y María Camila, una hija de su primer matrimonio.

Padre argentino da su versión sobre restitución de su hijaPadre argentino da su versión sobre restitución de su hija

La historia de este caso comenzó en el 2006 en Ibagué, donde Marcelo e Ivette, una bacterióloga, de 42 años, comenzaron una relación sentimental

El padre pedía el retorno de la niña a Argentina, donde él vive, pero esa situación terminaría por hacerle daño

En enero de 2015, Marcelo le concedió a Ivette un permiso para visitar a su familia en Colombia con su hija y las dos viajaron el 23 de enero. Luego, la bacterióloga le comunicó que no volvería a ese país, pues “estaba cansada de las humillaciones y del maltrato físico y psicológico”.

Mientras Losice comenzaba un proceso de restitución de menores para que la niña fuera reintegrada a su país de origen, Ivette comenzó un proceso de custodia ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, pero como no conciliaron, el Juzgado Cuarto de Familia de Ibagué le otorgó a la madre la custodia de la menor.

La custodia me la otorgaron después de demostrar, por medio de psicólogos del Bienestar Familiar, que la niña tenía secuelas de violencia intrafamiliar”, dijo en su momento Ivette Johanna Nieto Suárez.

El padre apeló ese fallo ante el Tribunal Superior de Ibagué y este despacho ordenó, el 10 de marzo pasado, el regreso de la niña a Argentina, pero Ivette no se dio por vencida y presentó una tutela ante la Corte Suprema de Justicia por violación al debido proceso, la cual fue fallada a su favor.

Gracias a Dios, el Tribunal Superior de Ibagué falló en derecho ratificando que la niña debe vivir conmigo

La abogada Carolina Calderón señala que el Convenio Internacional de Menores, que figura en el Tratado de La Haya, contiene en el artículo 13 excepciones para que no se dé lugar a la restitución y una de estas es cuando el menor se encuentra en una situación intolerable.

Otro parágrafo dice que cuando el menor hubiere pasado más de un año en el país de su nuevo centro de vida, no se puede aplicar el convenio, “y en el caso que nos ocupa, la niña lleva más de dos años en Colombia y su nuevo centro de vida es Ibagué, donde estudia y reside junto a su mamá y demás familiares”.

IBAGUÉ

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