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En detalle: así funciona el 'Pico y cédula' en Cartagena

Las personas podrán salir, exclusivamente, para la adquisición de bienes de primera necesidad como alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo...

Las personas podrán salir, exclusivamente, para la adquisición de bienes de primera necesidad como alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo...

Foto:John Montaño- EL TIEMPO

La ciudad se despierta hoy con 39 casos positivos de Coronavirus y tres fallecidos por la pandemia. 

John Montaño
El Distrito de Cartagena reglamentó un horario de atención de establecimientos de comercio y decretó el 'Pico y cédula' para la circulación de personas en las calles.
La medida que inició esta semana en la ciudad heroica está contemplada en el decreto 0527, y adopta nuevas reglas para evitar la propagación del coronavirus en la ciudad, donde para este 2 de abril hay 39 casos positivos y tres personas fallecidas.
Durante el aislamiento preventivo obligatorio, el cual va hasta el 13 de abril, se autoriza solo la circulación de una persona del núcleo familiar, en el horario de 6 a.m., hasta las 4 p.m., de acuerdo al último número de cédula así:
Hoy jueves 2 de abril sólo podrán circular las personas cuya cédula termine en 7 y 8.
Viernes 3 de abril: terminadas en 9 y 0
Sábado 4 de abril: 1 y 2
Domingo 5 de abril: 3 y 4
Lunes 6 de abril: 5 y 6
Martes 7 de abril: 7 y 8
Miércoles 8 de abril: 9 y 0
Jueves 9 de abril: 1 y 2
Viernes 10 de abril: 3 y 4
Sábado 11 de abril: 5 y 6
Domingo 12 de abril: 7 y 8
Lunes 13 de abril: 9 y 0
Fila de personas en tiendas ARA del Centro Histórico de Cartagena

Fila de personas en tiendas ARA del Centro Histórico de Cartagena

Foto:John Montaño- EL TIEMPO

“Las personas podrán salir, exclusivamente, para la adquisición de bienes de primera necesidad como alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población”, señala el decreto.
Además, una persona por familia podrá salir para diligencias de servicios bancarios, financieros y de operadores de pago y servicios notariales; asistencias a centros, servicios y establecimientos sanitarios, al igual que la circulación de vehículos particulares.
“Las actividades de comercialización presencial de productos de primera necesidad en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas al detal, en establecimientos comerciales abiertos al público, así como los servicios bancarios, financieros y de operadores de pago, deberán garantizar el cumplimento de las medidas de distanciamiento social y de seguridad, para lo cual tendrán un horario de atención entre las 6 a.m. y las 4 p.m.”, establece el decreto en uno de sus apartes.

Se establece como medida sanitaria obligatoria el aislamiento especial para las personas diagnosticadas con coronavirus, el cual se cumplirá en un lugar que disponga la autoridad sanitaria distrital

Los niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieran salir de su lugar de residencia, deberán ir con un acompañante.
Se establece como medida sanitaria obligatoria el aislamiento especial para las personas diagnosticadas con coronavirus (covid -19), el cual se cumplirá en un lugar que disponga la autoridad sanitaria distrital.
En el decreto, el Alcalde establece que la violación e inobservancia de las medidas adoptadas darán lugar a la sanción penal prevista en el artículo 368 del Código Penal.
El que viole medida sanitaria adoptada por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia, incurrirá en prisión de cuatro a ocho años, y a las multas previstas en el decreto 780 (Decreto único reglamentario del sector salud y protección social) de 2016.
Cartagena
John Montaño
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