Si usted tiene un vecino que cada fin de semana arma rumba en la casa y no lo deja dormir. Y al otro día saca el equipo de sonido al andén, pone música en alto volumen y cuando le piden el favor de que le baje le responde que está en la casa de él, entonces el nuevo Código de Policía y Convivencia será su aliado.
Este es el quinto informe del especial de Llano Sietedías sobre el Código de Policía que entra en vigencia el próximo 30 de enero.
El nuevo Código lo reconoce como perturbación o afectación del sosiego, un comportamiento contrario a la convivencia y causal de problemas entre vecinos que pueden derivar en riñas, lesiones personales y en casos extremos en un homicidio.
El año pasado en Villavicencio se generó una sola contravención por ese factor de perturbación –la cual dio lugar a una reprensión en audiencia pública–, aunque a diario los policías reciben llamadas de personas afectadas por el ruido.
“Sonidos o ruidos en fiestas, actividades o reuniones que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo, la Policía podrá desactivar la fuente del ruido, si el residente se niega a desactivarla”, ordena el Código.
Además de desactivar la fuente del ruido el policía puede imponer un comparendo por 393.157 pesos, como medida correctiva y decide la disolución de la reunión.
Si la patrulla de los policías se va y la persona le vuelve a subir el volumen al equipo se verá sujeta a una medida correctiva más fuerte para su bolsillo.
El Código ordena que por “incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de Policía” se aplica una multa tipo cuatro que asciende a los 786.898 pesos.
A esto se suma la apertura de un proceso penal por fraude a resolución judicial o administrativa de policía.
Si el ruido lo genera un local comercial, como medida correctiva la Policía puede ordenar la suspensión temporal de la actividad.
REDACCIÓN LLANO SIE7EDÍAS