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Polémica por tercerización laboral en la empresa Metro
Metro de Medellín

Conductores aseguran que el metroplús lleva cinco años de operación y que no han tenido garantías.

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Archivo EL TIEMPO

Polémica por tercerización laboral en la empresa Metro

Miembros del Sindicato Sintrametro le reclaman a la empresa de transporte contratos directos.

Conductores de los buses alimentadores del sistema masivo de transporte y del Metroplús reclaman que la empresa Metro de Medellín les dé contratos directos y no por tercerización laboral. Sustentan que ese tipo de contratación es ilegal porque ellos tienen un servicio misional.

Jhon Fredy Pulgarín, operario del Metroplús y miembro del Sindicato Sintrametro, aseguró: “Somos conductores de buses de barrios y nos trasladaron para estas rutas con la expectativa de ser trabajadores del Metro para tener garantías, pero cuando llegamos nos contrató un tercero”, aseguró.

De acuerdo con el operario, solo en el Metroplús 253 conductores están inconformes y reclaman un contrato digno, que les paguen más del 50 por ciento del salario actual, aseguró que no les pagan como a conductores con experiencia sino como a estudiantes.

La Escuela Nacional Sindical (ENS) indicó que la empresa Metro de Medellín lleva años sosteniendo que los conductores que manejan sus buses alimentadores y los trabajadores que informan y venden los tiquetes para estos buses, no prestan un servicio misional y permanente.

“Por ello, la entidad de transporte afirma que pueden ser vinculados por empresas contratistas, algo que el sindicato Sintrametro siempre ha cuestionado y, por lo mismo, en septiembre de 2015 entabló una querella ante el Ministerio de Trabajo por tercerización laboral ilegal”, dijo la ENS.

La Escuela además explicó que el Ministerio de Trabajo emitió un auto de formulación de cargos e inició procedimiento administrativo sancionatorio contra la empresa Metro y dos empresas contratistas, con lo cual le da la razón al sindicato.

“Encontró que la conducción de los buses y la información y venta de tiquetes son en efecto actividades misionales permanentes del Metro, y en consecuencia los trabajadores que las realizan no pueden ser contratados mediante terceras empresas, porque con ello el Metro incurre en la violación de sus derechos laborales, prestacionales y constitucionales”.

La ENS sostuvo que según el Ministerio, “la contratación de esos trabajadores mediante terceros no es admisible, considerando que el objeto social, la infraestructura y la planta de personal del Metro de Medellín están organizados para que sean contratados en forma directa, y más cuando las actividades que realizan son ininterrumpidas y necesarias para el buen funcionamiento de la empresa”.

Para la Escuela Nacional Sindical, en el auto de formulación de cargos se resalta el hecho de que no se cumple el principio de ‘a trabajo igual, salario igual’.

“Por el contrario, es abismal la desigualdad de condiciones de los tercerizados con respecto a los trabajadores con contrato directo”.

Entre tanto, la empresa de transporte masivo dijo a través de un comunicado: “El Metro quiere aclarar que en el año 2014, la Organización Sindical Sintrametro, presentó una querella ante el Ministerio del Trabajo, en la cual solicitaba que se iniciara una investigación administrativa por intermediación laboral ilegal. Por lo anterior y en virtud del debido proceso, se han venido agotando las diferentes etapas de la investigación, en las cuales la empresa ha presentado los soportes y justificaciones jurídicas pertinentes”.

Y agregó: “El día 19 de octubre de 2016, una vez agotadas las etapas de la investigación preliminar, el Ministerio del Trabajo emitió auto de formulación de cargos y dentro del término legal, la Empresa presentó los respectivos descargos, aportando las pruebas tendientes a ser valoradas por el Ministerio del Trabajo, sin que a la fecha se nos haya notificado decisión ni sanción alguna en relación con el tema investigado”.

Adicionalmente, la empresa de transporte aseguró que desde el 2013 se firmaron unos acuerdos de formalización avalados por el Ministerio del Trabajo, que cobijan las actividades de conducción de trenes y de buses, y en los cuales se estableció la verificación cada seis meses del cumplimiento de la normatividad laboral por parte de los empleadores directos del personal (Fundación Universidad de Antioquia y Fundación Pascual Bravo).

El Metro concluyó: “A la fecha no se ha evidenciado vulneración a las normas constitucionales, legales o prestacionales por parte de las fundaciones. Igualmente, en el auto de formulación de cargos levantado al Metro no se hace referencia a las actividades de conducción de trenes ni de los buses pertenecientes a la operación comercial de la Troncal Universidad de Medellín – Aranjuez, que incluye las Líneas 1 y 2 de buses”.

MEDELLÍN

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