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Medellín

Admiten tutela de Daniel Quintero contra de la revocatoria

Daniel Quintero Calle fue viceministro de economía digital, viceministro de las TIC y gerente de INNpulsa Colombia.

Daniel Quintero Calle fue viceministro de economía digital, viceministro de las TIC y gerente de INNpulsa Colombia.

Foto:Jaiver Nieto. EL TIEMPO

Sin embargo, le fue negada la solicitud para suspender dicho proceso.

Medellín
La Sala segunda de decisión de familia del Tribunal Superior de Medellín admitió este 13 de enero una tutela interpuesta por el alcalde de Medellín, Daniel Quintero contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), la Registraduría Nacional del Estado Civil y los integrantes del comité de revocatoria.
El motivo, según el documento, es la presunta vulneración del derecho al “debido proceso-contradicción y defensa- establecido en el artículo 29 constitucional y el derecho a permanecer en un cargo de periodo de elección popular, artículo 40 de la Constitución”.
Las entidades y personas vinculados tienen un día para entregar los argumentos de defensa o de contradicción sobre el caso.
Asímismo, el alcalde Quintero solicitó "la suspensión inmediata del proceso de revocatoria del mandato que se surte en mi contra, y en el que se han denunciado irregularidades que pueden tener incidencia penal, para lo anterior, se solicita se ordene a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Consejo Nacional Electoral, en el marco de sus competencias, suspender la etapa de revisión de apoyos ciudadanos del mecanismo de participación”.
Esto, agregó, es para tener garantías procesales del proceso en la verificación, con estudio grafológico, de la autenticidad de las firmas de las múltiples personas que han denunciado haber sido suplantadas.
Dicha petición fue negada, ya que la Sala consideró que no se evidencia la necesidad y urgencia para decretarla.
"Además la acción de tutela es un mecanismo ágil y eficaz para la protección de los derechos fundamentales que se afirma fueron vulnerados, así que es en el transcurso de este trámite donde se debatirá si le asiste o no razón al accionante frente a la alegada afectación", dice el documento.
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