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Medellín

La lucha de 20 años por recuperar lo que el río se llevó

Los retos pendientes tienen que ver con la gobernanza, para romper barreras territoriales y poder preservar más fuentes hídricas.

Los retos pendientes tienen que ver con la gobernanza, para romper barreras territoriales y poder preservar más fuentes hídricas.

Foto:Guillermo Ossa / Archivo EL TIEMPO

Una comunidad de San Rafael, Antioquia, reclama indemnización por crecientes del río Guatapé.

La última avalancha del río Guatapé, que bajó tronando y se llevó animales, cultivos y casas a su marcha, sucedió hace ya más de 20 años.
Desde el 2000, cuando los habitantes de la ribera se unieron para demandar a Empresas Públicas de Medellín (EPM), por su presunta responsabilidad de las crecientes súbitas, están esperando una indemnización que les ha siso huidiza.
A pesar de que el Consejo de Estado declaró que EPM había sido efectivamente el responsable de los perjuicios, los más de 70 afectados no han recibido todavía un solo peso como indemnización y el caso parece estar envuelto en una maraña jurídica sin salida.
Rafael Arcángel Giraldo, campesino de la zona, es uno de los demandantes que lleva dos décadas exigiendo ser compensado por lo que pasó. Según cuenta el labriego, las crecientes desmedidas del Guatapé comenzaron a finales de los años 80. En 1987 se construía, aguas arriba de su casa, la Central Hidroeléctrica Guatapé. La obra entró en operación en 1988.
Desde eso, agrega, las riadas se hicieron más intensas. “En 1988 hubo una gran borrasca. Eso sucedía cuando abrían unas compuertas en el proyecto y el agua bajaba por acá. Yo tenía, en mi terreno, cultivos de plátano, lulo, maíz. El río se lo llevó todo”, se lamenta.
En el 2000, Rafael quiso poner una demanda contra Empresas Públicas de Medellín. En ese momento se dio cuenta de que Leoncio Cuervo, un vecino suyo, tenía las mismas intenciones. Entonces se juntó un grupo grande de personas que se sentían perjudicadas y tramitaron la acción legal en el Tribunal Superior de Medellín.
Diana Londoño, abogada de los demandantes, explica que, en 2005, cinco años después de interpuesta la demanda, el tribunal falló a favor de la empresa. En abril de ese año salió una sentencia que comunicaba que esta había sido extemporánea y, por ende, la acción caduca.
El argumento fue, explica Londoño, que la acción legal debía haberse puesto en un tiempo no superior a dos años posteriores a los perjuicios. Ante esto, decidieron llevar el caso al Consejo de Estado.

En 1988 hubo una gran borrasca. Eso sucedía cuando abrían unas compuertas en el proyecto y el agua bajaba por acá. Yo tenía, en mi terreno, cultivos de plátano, lulo, maíz. El río se lo llevó todo

En este punto comenzó un proceso lento que apenas terminó en 2017, cuando este falló a favor de los demandantes y exigió a EPM indemnizar a los perjudicados con 638 millones de pesos.
Un riguroso estudio pericial encontró que la corriente del río, efectivamente, había sido la causa de los daños. De las más de 300 personas que interpusieron la acción legal, apenas fueron reconocidas como víctimas 76. Muchos barequeros no fueron considerados afectados por las crecientes.

638 millones de pesos: este es el monto que EPM consignó a la
Defensoría para entregar a los afectados

A pesar de que todo parecía resolverse, el proceso entró en otro escollo. EPM, como demandado, consignó los 638 millones de pesos a la Defensoría del Pueblo, pues esta es la encargada de entregar la plata en las acciones de grupo. En este punto hay dos versiones encontradas.
Según los abogados y los demandantes, la Defensoría ha exigido una cantidad de requisitos casi imposible de cumplir por los beneficiados. “Han pedido una cantidad de cosas que parece que estuvieran poniendo una traba. Por ejemplo, les piden RUT, estas personas son campesinas, trabajan la tierra, no tienen ese documento. Hemos acompañado el proceso para que saquen este papel”, cuenta la abogada.
El afectado, Arcángel, dice, por su parte, que la comunidad se encuentra desanimada porque siente que se le está vulnerando un derecho y no hay ninguna salida posible.
Marta Hinestroza, la abogada que comenzó el proceso con los afectados en el año 2000, considera que hay que tener en cuenta que la comunidad afectada, además de los perjuicios causados por el río, sufría la ola de violencia que para ese entonces golpeaba al municipio.
“Hay que tener en cuenta los factores sociales, no solo lo jurídico. Estas personas estaban en un nivel de vulnerabilidad superior por todo lo que estaba ocurriendo en la zona”, agrega la profesional, quien también conoce la situación de los afectados.
La abogada igualmente considera que la documentación exigida por la Defensoría del Pueblo es excesiva y que esta entidad ha sido negligente con el caso.

Según los abogados y los demandantes, la Defensoría del Pueblo ha exigido una cantidad de requisitos casi imposible de cumplir por los beneficiados

La Defensoría se defiende

Hernán Guillermo Jojoa, director nacional de recursos y acciones legales de la Defensoría del Pueblo, niega que la entidad esté pidiendo exceso de documentación para entregar la plata a los afectados.
El funcionario explica que el proceso no comenzó en 2017, sino en enero de 2019, cuando el Tribunal Administrativo de Antioquia remitió el expediente del caso (las sentencias y varios autos) a la Defensoría. Es decir, solo en ese momento podía empezarse el trámite para entregar la plata.
Según Jojoa, los beneficiarios están cometiendo un error de interpretación del documento en que se les piden los requisitos.

Solo desde enero de 2019, cuando el Tribunal Administrativo de Antioquia remitió el expediente del caso a la Defensoría podía empezarse el trámite para entregar la plata.

El funcionario remitió el oficio a EL TIEMPO. En él se lee: “Deberá verificar que las personas que son reconocidas como actores propietarios y en favor de quienes se otorgó el daño emergente por los estragos causados por el agua en sus inmuebles, aún ostenten dicha calidad, para lo cual deberán allegar la matrícula inmobiliaria de los bienes señalados, con fecha de impresión no superior a tres meses”.
Jojoa explica, además, que dicho requisito fue exigido por el Consejo de Estado y que la Defensoría no está más que acatando una orden. Añade que, hasta el momento, solo se han entregado los documentos de tres inmuebles.
El problema para los beneficiarios es que la entidad no puede desembolsar la indemnización hasta que todos los demandantes envíen la documentación exigida.
MIGUEL OSORIO MONTOYA
Para EL TIEMPO
MEDELLÍN
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