El Tribunal Contencioso Administrativo del Valle, en una primera revisión, decidió no suspender, provisionalmente, los efectos jurídicos de la tasa de seguridad que había demandado Emcali (Empresas Municipales de Cali).
Emcali había demandado una acción nulidad simple frente a la Ordenanza de la Asamblea que creó la tasa de seguridad.
El Tribunal consideró que el cobro de la tasa en Cali no tenía vicios de ilegalidad.
“Esta tasa especial está fundamentada en la Ley 142 de 1994”, dijo la secretaria Jurídica de la Gobernación, Diana Vanegas.
“Seguirá vigente en la Ordenanza, que se presume legal, hasta tanto no exista un juicio definitivo por parte del Tribunal Contencioso Administrativo”, agregó la funcionaria.
En agosto pasado la tasa que grava el consumo de energía residencial e industrial en el departamento, excepto en Buenaventura y Palmira, entró en vigencia desde enero pasado.
Al estrato 4 lo gravan con el 1,0 por ciento del consumo, los estratos 5 y 6 con el 2,0 por ciento y los sectores industrial y comercial con el 1,7 por ciento.
El departamento espera un recaudo de anual de 21.000 millones de pesos al año.
CALI

Tribunal Contencioso Administrativo negó suspensión provisional de la tasa
Archivo EL TIEMPO
Tasa de seguridad demandada por Emcali sigue vigente
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