La EPS Coomeva impugnó la acción de tutela que había interpuesto Víctor Escobar, el paciente con una grave enfermedad que lleva más de dos años lleva pidiendo el proceso de eutanasia.
Este paciente acudió a esta acción jurídica ante el Juzgado 17 Civil del Circuito de Cali, que en un comienzo había ordenado un nuevo comité médico para evaluar el caso de Víctor Escobar.
De acuerdo con el Juzgado, se concede la impugnación solicitada por la EPS, pero eso no significa que se haya aprobado tal medida. Al concederla, el Juzgado va a estudiar el caso para tomar una decisión al respecto. La concesión de la impugnación tiene fecha del 19 de octubre.
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La situación le generó frustración a Víctor Escobar y a su familia, pues el paciente aspiraba a someterse a la eutanasia el 29 de octubre, insistiendo en su derecho a morir dignamente con base en la disposición de la Corte Constitucional frente al tema.
Víctor Escobar, aunque no es paciente terminal, ha venido clamando por esta intervención porque afronta enfermedades incurables desde hace más de dos años.
Su cuadro es crítico con dos accidentes cerebrovasculares, cuatro cirugías de columna, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (Epoc), diabetes, hipertensión y parálisis parcial.
El hombre, de 61 años, dijo que mantiene una lucha para "descansar y dejar descansar a su pareja Diana Nieto, a sus cuatro hijos y otros familiares".
Claro está que la impugnación causó sorpresa, teniendo en cuenta que Coomeva en un comunicado en la segunda semana de octubre que la entidad "cumplirá la normatividad y jurisprudencia vigente en el país, entendiendo que las decisiones clínicas sobre los pacientes que buscan los derechos a morir dignamente son determinadas por los médicos de las IPS (instituciones prestadoras de salud) tratantes".
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En ese comunicado, Coomeva indicó también, en dicho momento: "Las funciones de las EPS (entidades promotoras de salud), tal y como lo ha hecho Coomeva EPS en el caso del señor Escobar, consiste en acompañar y garantizar que su caso sea evaluado por un comité médico idóneo".
En Coomeva señalaron también que en un comienzo hubo un primer comité evaluador médico que correspondía a la Fundación Valle del Lili, "comité que, acogido a la normatividad vigente en el país para ese momento y a una rigurosa evaluación médica y legal, determinó que el señor Escobar no cumplía con los requisitos para acceder a la eutanasia".
Ahora bien, en Coomeva dicen que "recientemente y ante nuevas determinaciones de la Corte Constitucional sobre el tema del derecho a morir dignamente, el señor Escobar solicitó una segunda opinión sobre su caso".
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En la entidad informaron, además, que se elevó la petición a la red de IPS en Cali, es decir, clínicas y hospitales, "siendo atendida por el Centro Médico Imbanaco, prestador que revisó el caso y aceptó realizar las evaluaciones previas y la conformación del comité interdisciplinario para una segunda opinión".
Según Coomeva, este proceso ya se inició, se encuentra en curso y participan diferentes especialistas y otros profesionales, "como lo dicta la norma".
CALI