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Cali

Presidente, no deje que nos subasten apartamentos, piden en Cali

El proceso completa 15 años sin que defina la propiedad de quienes allí habitan.

El proceso completa 15 años sin que defina la propiedad de quienes allí habitan.

Foto:Juan B. Díaz - Archivo El Tiempo

Sociedad de Activos Especiales (SAE) anunció venta de 5.072 predios en extinción de dominio.

Después de más de 15 años en espera ante la justicia, 120 familias de la unidad  residencial Alquería están desveladas en plena pandemia pero no es solo por el virus.
Ellos, que defienden ser copropietarios legítimos de los apartamentos de Alquería C, en el sur de la ciudad, sufren ante una posible subasta de la SAE, cuya directora, María Virginia Torres, anunció la venta masiva de más de 5.000 inmuebles (1.660 en Cali, 610 en Bogotá, 575 en Córdoba, 592 en Cundinmarca, 436 en Antioquia y 393 en Atlántico), cotizados en un billón 391.000 millones de pesos.
Torres aseguró que llevan año y medio en el proceso y la venta será un evento sin precedentes, con el acompañamiento de la Secretaría de la Transparencia de la República y con presencia de la Procuraduría General de la Nación. La venta será un solo paquete. Los recursos servirán a distintas acciones del Gobierno, la justicia y la Policía.
En el caso de Alquería, los apartamentos han sido relacionados como si fueran de un testaferrato del extinto Élmer ‘Pacho’ Herrera, asesinado el 4 denoviembre de 1998 en la cárcel de Palmira. 
La misiva de los copropietarios y residentes de Alquería C al Presidente, a la Ministra de Justicia y al Procurador dice que “no cabe duda que nuestros bienes se encuentran incluidos en ese ejercicio que consideramos irregular desde todo punto de vista; pues ya han sido incluidos en los Certificados de Tradición y Libertad notas de autorización de enajenación temprana; es decir, ventas, a favor de entidades de orden nacional e inversionistas extranjeros. No cabe la mayor duda posible de la vulnerabilidad de los derechos fundamentales que nosotros estámos padeciendo ante la decisión administrativa de parte de la SAE en la realización de los alistamientos y trámites que se viene ejecutando de la venta de la enajenación temprana del conjunto residencial La Alquería de Santiago de Cali, donde se involucran, nuestros bienes”.
En el documento se menciona que son “120 familias, conformadas por adultos mayores, jóvenes adolescentes, niños, niñas y gran variedad de profesionales del saber, así como amas de casa pensionados y funcionarios y exfuncionarios en promedio cuatro personas por núcleo habitacional"
Los ciudadanos citan la Ley 1708 de 2014, del Código de Extinción de Dominio, que "sigue reconociendo la protección de los terceros que adquirieron derechos sobre bienes que luego resultan inmersos en un proceso de extinción de dominio, estableciéndolo como límite a la posibilidad de declarar la extinción y previendo una presunción general de buena fe que debe ser desvirtuada".
Así mismo, sostienen que la jurisprudencia, "tanto de la Corte Constitucional como de la Corte Suprema de Justicia, también ha sido enfática en señalar que en este tipo de procesos es necesario que se garanticen los derechos de terceros de buena fe, con lo cual se busca preservar los valores superiores de la justicia, la equidad y la seguridad jurídica”.
La SAE procede a la enajenación temprana de estos inmuebles, "teniendo en cuenta el artículo 24 de la ley 1708 del 2014, es decir, que para que se cumpla este requisito en el caso de los inmuebles, de los cuales se pretende vender. Necesario es, cumplir con todos los presupuestos señalados, para demostrar, que estos si se cumplen, cosa que en nuestro caso ninguno está demostrado", dice la carta.
En el proceso, en primera instancia, la Fiscalía 2 de Extinción de Dominio de Bogotá dictó la medida a unos bienes y a otros no. Luego, en segunda instancia, el Fiscal Segundo Delegado ante el Tribunal de Extinción de Dominio revocó esa decisión y los cobijó a todos.
En diciembte pasado el expediente llegó al único Juzgado del Circuito Especializado en Extinción de Dominio en Cali. “que ya corrió traslado a los sujetos procesales, para que estos aporten pruebas, soliciten las mismas y el despacho ordene las que considere pertinentes. Lamentablemente se decreta la emergencia sanitaria y se suspenden los términos judiciales en los despachos judiciales del país.".
"...El proceso cuando se inició, el mismo se adelantó en plena vigencia de la Ley 793 de 2002, en consecuencia, estamos convencidos como lo ha expuesto la Corte Constitucional que nuestro proceso debe concluirse con base en los presupuestos de esa ley. Y es por eso que insistimos y demandamos ante las autoridades de la República, que la SAE, no debe proceder a dar aplicación a la figura de la enajenación temprana. Para proceder a la venta de nuestros bienes, necesario es que la justicia concluya con el proceso en toda su extensión. Señores Presidente República, Ministro de la Justicia y Procurador General de la Nación suplicamos su intervención urgente, pues la justicia en la que confiamos no ha concluido sobre nuestro proceso y mal podrá la SAE sustentada en ley 1849/17 proceder como intenta hacerlo de manera desbordada"
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