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Cali

Sacerdote pagará condena de 16 años por abuso sexual de menor

Panorámica de Miranda, en el nororiente de Cauca.

Panorámica de Miranda, en el nororiente de Cauca.

Foto:Archivo particular

El prelado es señalado por caso en Miranda (Cauca), el cual ocurrió en octubre de 2018.

Un juez condenó a 16 años de prisión a Arcángel Acosta Izquierdo por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, hecho que cometió cuando ejercía como sacerdote en el municipio de Miranda, en el nororiente del Cauca.
La Fiscalía informó que se logró demostrar que, en la mañana del 12 de octubre de 2018, el ahora sentenciado llamó al padre de la niña, de 12 años, para que llevara a su hija “a la casa cural a una supuesta preparación para un concurso de infancia misionera” y luego, con engaños, la llevó a la habitación para abusar de ella.
“Estando en dicho lugar, el sacerdote llevó a la víctima al segundo piso, supuestamente para mostrarle las instalaciones, y la ingresó al dormitorio para luego abusar sexualmente de ella, al tiempo que le pidió que hicieran lo mismo en otra ocasión y que no contara nada sobre lo sucedido”, expresa el ente acusador a través de un comunicado.
Tiempo después, la madre de la víctima denunció lo que había ocurrido. Después de recopilar material probatorio suficiente, el religioso fue capturado en Miranda el 27 de marzo de 2019.
Tras presentarse todas las pruebas, en el desarrollo de un juicio oral, un juez de conocimiento le impuso la sentencia, que fue apelada por la defensa.
El abogado Élmer Montaña explicó que en el proceso fueron determinantes los testimonios, tanto de la niña como del padre y la madre, coincidentes entre sí, que no permitían suponer ningún interés ajeno en su denuncia. También lo fueron los peritajes psicológicos y las declaraciones de las personas que atendieron a la menor en el colegio.
La defensa, por su parte, usó como estrategia el silencio absoluto del cura y trató de señalar que el abuso había sido cometido por otra persona.
El Tribunal Superior de Popayán será el que determine, en segunda instancia, si confirma o revoca la decisión del juez de conocimiento.
MICHEL ROMOLEROUX
ESPECIAL PARA EL TIEMPO
POPAYÁN
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