A través de la sentencia 2013-00354, el Tribunal Administrativo del Atlántico exoneró a la Gobernación del Atlántico de toda responsabilidad por la ruptura del Canal del Dique en el año 2010.
El fallo judicial estableció, como sustento para exonerar al departamento del Atlántico, y demás entidades públicas señaladas, que la ruptura del Canal del Dique fue un caso de fuerza imprevisible e irresistible, que no fue causado por negligencia de las autoridades administrativas.
El secretario Jurídico del Atlántico, Rachid Náder Orfale, dijo que se reconoce la ausencia de responsabilidad del Atlántico ante un hecho que fue causado por las fuertes lluvias del segundo semestre de 2010 que produjo el fenómeno de La Niña y que ocasionaron el crecimiento exagerado de los niveles del río Magdalena que hicieron que colapsara el Canal del Dique.
“Por este mismo concepto tenemos demandas contra la Administración Departamental que superan los dos billones depesos y esperamos que nuestros argumentos sigan siendo aceptados en todos esos procesos”, dijo Náder.
El gobernador del Atlántico, Eduardo Verano de la Rosa, quien fungía en ese mismo cargo durante la emergencia, recibió con agrado este fallo del Tribunal Administrativo y ratificó que así se hace evidente el compromiso de la Administración Departamental “para llevar, de manera responsable y oportuna, todo el apoyo que requieren los municipios para su desarrollo económico y social”.
“Este fallo refleja nuestro sentir, nuestra forma de trabajar, de hacer siempre las cosas bien porque respondimos con toda sensibilidad y determinación a la triste situación que afrontaron los hermanos del sur del Atlántico por los estragos que ocasionó la fuerza de la naturaleza”, manifestó el mandatario departamental. Verano dijo que la recuperación de los municipios del sur del departamento es uno de los objetivos prioritarios de su administración y con el apoyo de la Asamblea del Atlántico ya están en marcha varios de los proyectos que apuntan a ese propósito.
Unas 120 demandasPero el reciente fallo de 28 páginas le servirá a la gobernación del Atlántico para defender los argumentos que la librarían de cualquier responsabilidad frente a lo ocurrido el 30 de noviembre de 2010, cuando los municipios de Santa Lucía, Campo de la Cruz, Repelón, Manatí, Candelaria, Suan y Sabanalarga se inundaron.
La sentencia que se acaba de conocer obedeció al recurso de reparación directa que fue presentado por Elizabeth del Carmen Villalba Molinares, propietaria del predio rural denominado Barreto o El Encanto, que está comprendido por una extensión de cinco hectáreas.
La demandante también es dueña de otra franja de terreno contigua a la descrita, con un área de dos hectáreas y un cuarterón, punto donde colapsó la carretera-dique y se inició la inundación en el sur del Atlántico
Villalba Molinares argumentó que a finales de 1984 el Canal del Dique cedió y provocó inundaciones y daños patrimoniales, por lo que el Estado estaba obligado a tomar medidas para evitar que el hecho se repitiera.
De 2007 a 2010, el canal presentó filtraciones de agua que, según los demandantes, no fueron corregidas técnicamente. La demandante tiene 10 días hábiles para presentar un recurso de apelación ante el Consejo de Estado.
BARRANQUILLA
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