Claudia López responde de manera vehemente suspensión temporal del POT y anuncia apelaciónApropósito de la decisión del Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, respecto al Plan de Ordenamiento Territorial (POT) Bogotá Reverdece 2022 2035, la Alcaldía Mayor de Bogotá se pronunció de forma vehemente.
Alcaldía de Bogotá
Alcaldía responde de forma vehemente a suspensión temporal del POT
Dice que va a defender las mayorías ciudadanas de las ambiciones políticas y corruptas.
A propósito de la decisión del Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, respecto al Plan de Ordenamiento Territorial (POT) Bogotá Reverdece 2022 2035, la Alcaldía Mayor de Bogotá se pronunció de forma vehemente. Esto fue lo que dijo:
1. La medida cautelar se refiere al trámite de las recusaciones y apelaciones durante el trámite del POT en el Concejo, y no al contenido del POT Bogotá Reverdece 2022 – 2035.
2. Las normas que regulan el trámite de los POT ante los concejos municipales establecen que estos tienen 90 días para ser discutidos y que si en esos 90 días no se toma ninguna decisión –ya sea para aprobar o improbar– el gobierno puede expedir el POT por decreto.
3. Durante su trámite en el Concejo de Bogotá, el POT tuvo 3 ponencias positivas y un pliego de modificaciones, avalado casi en su totalidad por la administración. Infortunadamente, una serie de recusaciones y tutelas para sabotear el debate impidieron avanzar en la discusión del articulado.
4. Según lo señalado por el juzgado, no se debía tener en cuenta el tiempo del trámite de las recusaciones como parte de los 90 días de plazo que tiene el concejo para pronunciarse. Esta tesis conllevaría a que resultara inútil el término perentorio que la ley dio para que se expidiera una norma de vital importancia para la ciudad. El Concejo de Bogotá ya ha venido aplicando su propio reglamento, que tramita las recusaciones de una manera distinta a la que sugiere el fallo.
5. El Concejo de Bogotá, consciente de los efectos negativos que traía la forma en que se resolvían los impedimentos y recusaciones, decidió – mediante acuerdo 837 del 29 de marzo de 2022– modificar su propio reglamento para evitar que dilaciones en el trámite de acuerdos (como el presentado con el POT) volvieran a presentarse. Esta modificación se ha venido aplicando en los recientes debates y ha evitado que el uso malintencionado de las recusaciones sabotee el ejercicio del concejo de la ciudad.
REDACCIÓN BOGOTÁ CON INFORMACIÓN DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA