Uno de los problemas más comunes que enfrentan los biciusuarios en los parqueaderos de conjuntos residenciales es que en algunos edificios nos les permiten parquear su vehículo en el estacionamiento de carros.
Por ilógico que parezca, esta acción estaría permitida si así lo define la asamblea de copropietarios, según explicó Alejandro Michells, presidente del Consejo Local de Propiedad Horizontal de Chapinero.
Para el experto, uno de los principales inconvenientes que se presentan con las nuevas edificaciones es que quienes las construyen no están dejando espacios suficientes de parqueo. “Como no se dejan cupos suficientes, el tema de la bicicleta se ha vuelto complejo porque algunos propietarios comienzan a ubicarlas en el hall, la escalera y otros espacios”, señaló Michells.
Este fue el caso de Rodrigo Sierra, habitante de la localidad de Usaquén. Cuando llegó al conjunto residencial donde hoy vive, venía con su carro y su bicicleta. “Pensaba que podía ubicarla detrás de mi vehículo, pero los vigilantes me lo impidieron. Yo vivo en un piso 8, y subirla y bajarla todos los días era tedioso. Entonces le pedí a la administración que me permitiera hacerlo. Lo aprobaron, pero no podía amarrarla a ninguna parte del estacionamiento”, relató.
Su bicicleta era de gama alta, y dice él que estaba avaluada en más de un millón de pesos. “No quería dejarla a la deriva. Pedí que me dejaran instalar un gancho en la pared, pero también me pusieron problema porque no estaba permitido. Un día, finalmente, me la robaron en el conjunto”, explicó Sierra.
Otro caso es el de Germán Moros, habitante de la localidad de Suba. Según señaló, tuvo que pasar un derecho de petición al consejo de propiedad horizontal para que no le cobraran una multa de 200.000 pesos por dejarla en el parqueadero.
“Un día llegaron y pusieron un aviso en el estacionamiento, para informar sobre la multa. Me parece que esta regulación no es muy clara”, sostuvo.
¿De quién depende?Alejandro Michells dijo que este inconveniente se presenta porque en los parqueaderos de conjuntos residenciales y edificios, la mayoría de los estacionamientos están destinados para carros y motos. “Quien regula cómo se usan los espacios comunes es la asamblea de copropietarios, que es el órgano máximo. Allí se toma la decisión de cómo y para qué destinar esas áreas”, indicó Michells.
“Cuando no hay espacio y se les quiere dar un lugar a las bicicletas, se compran los bicicleteros; o también se puede definir si hay algún cupo de vehículo que se reemplace, para dejar las bicicletas allí, pero eso debe quedar en el acta de la reunión. Hay que aclarar que no depende del consejo, sino de la asamblea, y debe tener una aprobación del 70 por ciento de los copropietarios”, explicó el experto (ver nota anexa).
Cabe señalar que en estos casos el número de cupos para las ciclas no lo define la Secretaría de Movilidad, dado que esta entidad solo regula los espacios públicos o de libre acceso de los ciudadanos, como parqueaderos y centros comerciales. Por ello, Michells recomendó leer el reglamento de cada propiedad horizontal para saber cómo está regulado el manejo de las bicis y evitar sanciones.
Para tener en cuentaLa asamblea de copropietarios se realiza ordinariamente una vez al año. En ella se define cómo se destinan los espacios comunes de las propiedades horizontales. Si en el reglamento de cada propiedad se establece que no se permite el parqueo de bicicletas en los estacionamientos de vehículos motorizados, usted deberá acatar esta norma, pero también, como copropietario, puede solicitar que esta sea evaluada.
Si no lo realiza durante la asamblea ordinaria, se puede citar una asamblea extraordinaria, a través del consejo. “Para ello deberá contar con la aprobación del 20 por ciento de los copropietarios”, explicó Alejandro Michells.
El experto recomendó revisar detalladamente la escritura de su propiedad, así como el reglamento del edificio o conjunto donde se reside, para conocer en dónde se puede estacionar la bicicleta, y así no exponerse a sanciones económicas.
BOGOTÁ*
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