El juez (e) 62 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá admitió la acción de tutela interpuesta contra la Alcaldía Mayor de Bogotá, el Concejo de Bogotá y contra el diario El Espectador "por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y participar en la conformación, ejercicio y control del poder político", en el marco del proceso del POT.
Los firmantes de la tutela son seis miembros de la lista de candidatos del movimiento 'Salvación Nacional' a la Cámara de Representantes.
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"Como quiera que reúne los requisitos previstos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, procédase a tramitar la misma, por lo tanto, se dispone correr traslado del presente diligenciamiento a la entidad mencionada, con el fin de garantizar el derecho al debido proceso y defensa de los intervinientes", dice el comunicado del juez (e) 62 quien, además, vincula al proceso a las secretarías de Gobierno y de Planeación de Bogotá.
De acuerdo con los accionantes, la Alcaldía y el Concejo violaron el derecho al debido proceso ", por haber publicado de manera defectuosa, la convocatoria del cabildo abierto el 23 de septiembre de 20215 y el 05 de octubre de 2021".
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¿Por qué señalan a El Espectador?
Según el texto de la tutela,
"6. De la revisión del periódico El Espectador, se da cuenta que las notas periodísticas relacionadas con la convocatoria al Cabildo Abierto para la discusión del Plan de Ordenamiento Territorial fueron publicadas el 23 de septiembre de 20213 y el 05 de octubre de 20214 respectivamente, y no, como lo afirma erróneamente el Acto Administrativo 555 de 2021 de mencionar que las publicaciones fueron hechas el 22 de septiembre y el 6 de octubre de 2021.
7. En ese orden de ideas se tiene, que el Concejo de Bogotá incumplió con uno de los cánones establecidos en el articulo 25 de la ley 1757 de 2015, y omitió publicar la convocatoria en un medio de amplia difusión nacional con una diferencia no menor de diez (10) días entre una y otra publicación, violando de ese modo el debido proceso y el derecho que tenían los ciudadanos de conocer con suficiente antelación el trámite del Cabildo Abierto para la discusión del POT".
¿Qué pide la tutela?
La tutela exige amparar los derechos mencionados y "suspender la entrada en vigencia del Decreto 555 de 2021", que contiene el nuevo POT de Bogotá, hasta tanto "la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo se pronuncie sobre la legalidad del Plan de Ordenamiento Territorial dictado por la Alcaldesa Claudia López".
EL TIEMPO