Después de que el presidente Iván Duque confirmara que el simulacro de aislamiento de Bogotá y Cundinamarca podrá hacerse y de que los mandatarios locales se reunieran en un consejo de seguridad a ajustar detalles, se conocerán los decretos y las normas que aplicarán para la medida entre este jueves 20 de marzo y el lunes 23 de marzo.
Para claridad de la ciudadanía: a las 2 de la tarde de este jueves comenzará el simulacro, pero con carácter pedagógico. Sin embargo, a las 12 de la noche comenzará a ser obligatorio y se extenderá hasta la medianoche del lunes festivo 23 de marzo.
Además, se integrarán a la medida, desde sus propios decretos y normas, los departamentos de Meta, Boyacá y Santander. Estos y otros líderes de la región se conectaron al anuncio por videollamada.
Cuando el simulacro entre a ser obligatorio habrá sanciones. La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, confirmó que irían desde amonestaciones, pasando por multas hasta por un millón de pesos, hasta cárcel.
Claudia López se ha referido a este simulacro como "un ejercicio de experimentación y cultura ciudadana colectivo".
Por lo pronto, lo invitamos a leer las respuestas a las preguntas de la ciudadanía sobre los borradores de decreto que se han conocido en las últimas horas.
Lo confirmadoLa medida comenzará de manera pedagógica a las dos de la tarde de este jueves. Y, a partir de la medianoche, será obligatorio. Esto en el caso de Bogotá y Cundinamarca.
Además, la alcaldesa Claudia López anunció que los departamentos de Meta, Santander y Boyacá se sintonizarán con la medida. "Expedirán sus propias normas de simulacro de cuarentena en los términos que consideren pertinentes", afirmó.
La decisión se tomó de esta manera, articulada a nivel regional, para que las personas de Bogotá" no se vayan de paseo a los departamentos vecinos".
"Vamos a quedarnos en nuestra casa, en nuestro lugar de residencia habitual, este es el momento de hacer un simulacro de cómo sería cerrar una ciudad en cuarentena, es ahora que no tenemos contagio masivo, es ahorita que no tenemos colapso de nuestros servicios de salud", anunció la Alcaldesa.
Tenemos que evitar generarle un efecto indeseado con nuestro simulacro de cuarentena a nuestros departamentos vecinos, por eso decididimos tomar estas medidas de forma conjunta
- Se limita la libre circulación de vehículos entre la medianoche de este jueves hasta la medianoche del lunes.
-Se levanta a partir de hoy a la medianoche el pico y placa ambiental. En su lugar, habrá una total restricción de vehículos y personas.
-No habrá servicio en las terminales de transporte de Bogotá a partir de la medianoche de este jueves . "El Servicio del terminal y de las terminales de satélites se limitará al desembarco de pasajeros que lleguen a Bogotá", confirmó la alcaldesa.
-Prohibido el consumo de bebidas embriagantes en establecimiento comercial desde las 6 p.m. de este jueves hasta la medianoche del lunes. Además, el expendio o venta por persona, para que se lleve el licor a su casa, será solo de un producto por persona.
-Habrá controles pedagógicos en las entradas y salidas de Bogotá a partir de las dos de la tarde de hoy. Pero será obligatorio a partir de la medianoche de hoy.
-Actividades relacionadas con:
1. Abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera
necesidad. Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona
por núcleo familiar.
2. Prestación de los servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios públicos y privados de salud. "Todo el personal que trabaja para EPS - IPS - Hospitales podrán trabajat y desplazarse por la ciduad como lo necesiten, ellos y sus vehículos", afirmó la Alcaldesa y confirmó que se incluye aquí los veterinarios.
3. Cuidado institucional o domiciliario de mayores, menores, dependientes, enfermos,
personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables y de animales.
4. Orden público, seguridad general y atención sanitaria.
5. Atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso que la autoridad así lo requiera.
Las personas que se tengan que mover por fuerza mayor tendrán que acreditarlo ante la fuerza pública y ante las autoridades distritales con los respectivos carnets
-Habrá también excepción para las siguientes personas y vehículos que estén ejerciendo:
a) Atención y emergencias médicas y aquellos destinados a la atención domiciliaria de pacientes.
b) Abastecimiento y distribución de combustible.
c) Servicios de ambulancias, sanitario, atención pre hospitalaria, la distribución de
medicamentos a domicilio, farmacias y emergencias veterinarias.
d) Realizar el abastecimiento, distribución, cargue y descargue de elementos de primera necesidad, productos de aseo, alimentos preparados, suministros médicos y agua potable, incluidos los asociados a la distribución de raciones del Programa de
Alimentación Escolar – PAE; En todo caso regirán las restricciones de movilidad
decretadas por alerta amarilla ambiental.
e) Personas que presten sus servicios a empresas o plataformas tecnológicas dedicadas a la entrega a domicilio de elementos de primera necesidad, alimentos preparados y productos farmacéuticos, por medio de motocicletas y bicicletas.
f) La prestación de servicios indispensables de operación, mantenimiento y emergencias de servicios públicos domiciliarios, como acueducto, alcantarillado, energía, aseo, relleno sanitario, y servicios de telecomunicaciones, call center, redes y data center.
g) La prestación de servicios funerarios, exclusivamente durante el tiempo de la
prestación del mismo.
h) La prestación de servicios de operación indispensables de hoteles, Empresas de
Vigilancia privada y transporte de valores.
i) La prestación de servicios bancarios y financieros
j) El ingreso y salida de carga desde y hacia el Aeropuerto Internacional el Dorado
k) El transporte de animales vivos y productos perecederos.
l) La Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Ministerio Público, Defensa
Civil, Cruz Roja, Defensoría del Pueblo, Cuerpo Oficial de Bomberos, Cuerpo de
Custodia y Vigilancia Penitenciaria, Organismos de socorro y Fiscalía General de la
Nación, Rama Judicial, organismos de emergencia y socorro del orden nacional o
distrital.
m) Servidores públicos y contratistas estatales para el cumplimiento de actividades
relacionadas con la declaratoria de calamidad pública y recolección de datos.
n) Los programas sociales indispensables que requieren continuidad del servicio a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF, y la Secretaría Distrital de
Integración Social e IDIPRON
o) Los indispensables para el funcionamiento de canales de televisión, estaciones de
radio, prensa escrita, digital, y distribuidores de medios de comunicación
debidamente acreditados.
p) Las personas que acrediten debidamente ser personal de Transmilenio S.A. y SITP,
sus operarios, concesionarios y personal de apoyo a la operación.
q) Personal operativo y administrativo aeroportuario, pilotos, tripulantes y viajeros que
tengan vuelos durante el periodo de simulacro, debidamente acreditados con el
documento respectivo, tales como tiquetes y pasabordos físicos o electrónicos.
r) Personal que labore en plantas de producción de alimentos y productos farmacéuticos.
s) El servicio público individual de taxis, siempre y cuando se solicite telefónicamente
o a través de plataformas, para la realización de alguna de las anteriores actividades
o prestación de esos servicios.t) Una persona por núcleo familiar podrá sacar cuando sea necesario, en su entorno más inmediato, a sus mascotas o animales de compañía por un lapso no superior a 20
minutos
Estos ajustes fueron hechos a partir de sugerencias de la ciudadanía. "Quiero agradecerle a la ciudadanía que entre ayer y hoy, nos enviaron cerca de 6.000 correos para hacer este ejercicio de construcción ciudadana", manifestó la mandataria distrital.
Estamos atravesando por el mayor desafío que haya tenido la humanidad en materia de salud pública
Además, se aclaró que cuando el simulacro empiece a ser obligatorio (es decir, a partir de la medianoche del jueves), se podrán "ejercer sanciones, desde la amonestación, pasando por la multa, hasta la cárcel".
Lo que se hará en CundinamarcaEl Gobernador de Cundinamarca, Nicolás García, aseguró que su compromiso en el componente regional incluye no permitir el paso de los vehículos hacia municipios vecinos. Añadió que hay orden de cierre de balnearios.
Además, habrá medidas especiales en municipios como Girardot, Fusagasugá, La Mesa, Anapoima y Villeta, donde ya se detectó, según el Gobernador, que hay viajeros.
"Quiero decirles que todos aquellos que están pensando rápido, antes de que inicie el decreto, he dado la autorización a los alcaldes de los 116 municipios para que si quieren implementen desde antes el decreto" , afirmó el Gobernador.

En la rueda de prensa.
Alcaldía de Bogotá
¿Habrá sanciones?
"Tenemos facultades sancionatorias, sí, podemos y vamos a ejercerlas, sí", respondió la alcaldesa. Confirmó que irían desde amonestaciones, pasando por multas hasta por un millón de pesos, hasta cárcel.
¿Habrá transporte público?
"TransMilenio y SITP funcionará porque muchos de los que tienen excepción se tendrán que mover en transporte público", manifestó López. Pero aclaró que operarán con la mitad de la flota.
¿Puedo salir a comprar algo en el simulacro?
Sí. Víveres, medicinas y elementos de primera necesidad podrán ser adquiridos por una persona por grupo familiar. Para eso se permitirá que abran sus puertas tiendas de barrio, supermercados, Corabastos y grandes superficies. Pero la venta en calle estará restringida.
¿Y el pico y placa ambiental seguirá el martes?
La Secretaría de Ambiente aseguró que el futuro de la restricción depende de la calidad del aire. La alerta amarilla por calidad del aire es independiente del simulacro.
¿Abrirán los centros comerciales?
Sí, pero solo pueden operar los establecimientos comerciales que ofrezcan los servicios indispensables: salud, víveres, alimentos y productos de primera necesidad.
Descargue aquí el decreto final.
BOGOTÁ
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