El Juzgado Sexto Administrativo de Bogotá suspendió el artículo del Plan de Desarrollo de la Alcaldía de Bogotá que autorizaba la constitución de un operador público de transporte.
La decisión se tomó a raíz de una solicitud de medida cautelar interpuesta por Felipe Bastidas Paredes.
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Bastidas, según indica el fallo, aseguró que la "Alcaldía de Bogotá no presentó ningún estudio demostrativo que justificara la creación de la entidad descentralizada" y que no haber presentado el estudio suponía una actuación "por fuera de los estándares de transparencia, publicidad, eficacia y economía".
El fallo indica que la solicitud de medida cautelar ya había sido puesta en conocimiento del Concejo de Bogotá -que por votación había aprobado el artículo 91 del Plan de Desarrollo- y que este había indicado que la solicitud era improcedente.
Sin embargo, el trámite llevó al juez al determinar que el proyecto sí requería de un "estudio técnico" que justicara la creación de este operador. Al final, resolvió la suspensión provisional del artículo que permitía esa nueva figura para el manejo del transporte en Bogotá.
El Distrito anunció que, a través de su Secrretaría Jurídica, apelará a la decisión judicial y que el asunto se resolverá en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Además, sostuvo que el decreto en el que se autorizó la constitución del operador sí contó con el estudio demostrativo que justificaba el proyecto. Y que, de hecho, "el estudio al que hace referencia el juez en su fallo es un requisito para el momento de la creación del Operador Público de Transporte por parte de la Alcaldía de Bogotá, más no para la autorización de su constitución que fue ya dada por el Concejo de Bogotá, durante el trámite del Plan Distrital de Desarrollo".
El objetivo del Distrito era que este operador fuera una "una herramienta para completar la red del Sistema Integrado de Transporte de Bogotá (SITP) y garantizar la continuidad en la prestación del servicio público”.
En este operador, el Distrito o TransMilenio, participarían en la creación de la sociedad. Se había explicado, en su momento, que este operador coexistiría con los operadores privados mientras sus contratos siguieran vigentes.
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