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Bogotá

15 preguntas claves sobre el impuesto predial en 2021

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El director de Impuestos de Bogotá, Orlando Valbuena, aclara dudas.

Desde abril se empezaron a enviar las facturas de pago del predial, por correo electrónico y en físico. ¿Este proceso ya terminó?, ¿cuántos fueron informados?
La Secretaría de Hacienda sigue avanzando en la entrega física de las facturas a los propietarios de predios mayores de 60 años y de estratos 1 y 2, que se presume son quienes menor acceso tienen a internet y a los medios digitales en sus transacciones económicas. Del mismo modo, se avanza en el envío de las facturas, a través de correo electrónico, al resto de contribuyentes. En este momento, la meta es entregar alrededor de 800.000 facturas de forma física y otras 600.000 adicionales por correo electrónico.
¿Hay personas que no recibieron la factura?, ¿qué deben hacer?
Sí. En el caso de que no llegue la factura por las dos vías mencionadas, el contribuyente debe ingresar a la página web de la Secretaría de Hacienda (www.shd.gov.co) y hacer clic en el botón del impuesto predial o de la Oficina Virtual, descargar la factura y realizar el pago en línea en los bancos autorizados en la ciudad.
¿Qué comportamiento tuvo en 2020 el cumplimiento del predial frente a 2019?, ¿qué proyecciones tienen para 2021?
El cumplimiento de los contribuyentes –en número, frente al total– en la vigencia del impuesto predial se redujo de 91,9 % en 2019 a 88 % en 2020. Esto obedece, principalmente, a la menor capacidad de generación de ingresos de hogares y empresas. Para 2021 se prevé una recuperación de dicho indicador a niveles superiores al 90 %. 
¿Qué tanto afectó la pandemia el recaudo por el impuesto predial?
El recaudo del impuesto predial de la vigencia 2020 ascendió a 3,48 billones de pesos, lo que representó un cumplimiento del 94 % de la meta de recaudo anual. Este cumplimiento contrasta con el de años anteriores, cuyos niveles excedieron el 100 %, por lo que para 2021 se prevé una recuperación de esta ejecución.
De todos los contribuyentes del impuesto, ¿cuántos ya han pagado?
Alrededor de 500.000 predios –de los 2,7 millones existentes– han cumplido con la obligación del pago del impuesto predial durante la vigencia.
¿Por qué mayo es clave para el predial?
El 31 de mayo es el vencimiento para que los contribuyentes del impuesto predial, personas naturales y jurídicas, presenten la declaración con la que pueden optar por el sistema de pago por cuotas, a través del cual pueden pagar en cuatro cuotas iguales, sin intereses moratorios.
¿Quiénes pueden pagar por cuotas?
Todos los propietarios de predios pueden acceder al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC), tanto predios residenciales como no residenciales.
¿Quiénes no pueden acogerse al pago por cuotas?
En el caso de los predios cuya propiedad esté en cabeza de fiduciarias o compañías de financiamiento; es decir, bajo la modalidad de contrato de fiducia o de leasing, sus locatarios o fideicomitentes no podrán acceder al pago por cuotas, pero sí podrá hacerlo la entidad financiera o fiduciaria propietaria.
Otro beneficio es que los predios no residenciales afectados por la pandemia pueden dejar el pago para 2022, ¿cómo funciona esta opción?
Como complemento al Acuerdo 780 de 2020 (Plan Marshall) y para impulsar la reactivación de la actividad productiva en la ciudad, la Administración Distrital decidió financiar el impuesto predial para aquellos contribuyentes de sectores económicos muy afectados por la pandemia. Pero hay que declarar hasta el 31 de mayo de 2021 y pagar en cuatro cuotas iguales en 2022, sin intereses moratorios.
Para optar por esta opción, el contribuyente debe ingresar a la página web de la Secretaría de Hacienda, hacer clic en el botón de predial y en el ícono de pago por cuotas afectados por covid. Luego debe efectuar los pagos en los plazos indicados en el calendario tributario.
¿Qué debe demostrar quien se acoja a esta opción?
No debe acreditar requisitos ante la administración tributaria, solo debe presentar la declaración para acogerse al sistema de pago por cuotas y efectuar el pago de estas a partir de la primera, que vence en febrero de 2022.
¿Cuánto proyectan que se dejará de recaudar por esta alternativa?
Por el sistema de pago por cuotas para sectores económicos afectados por la pandemia no se prevé un desplazamiento significativo de recaudo de la actual vigencia hacia el 2022. Con corte al 11 de mayo, alrededor de 100 predios, de un inventario de 2,7 millones, han optado por esta modalidad. Reiteramos la invitación a los contribuyentes a que hagan uso de este mecanismo, que alivia las presiones sobre el flujo de caja de las empresas.
Esta última alternativa no existe para los predios residenciales, ¿qué opciones tiene un contribuyente residencial afectado por la pandemia que no pueda pagar en 2021?
Los contribuyentes propietarios de predios residenciales únicamente podrán optar al pago por cuotas en 2021 con una distribución de pagos que se inicia en junio de este año y finaliza en enero de 2022. Recordemos, igualmente, que el impuesto predial actual está ‘congelado’ frente al de 2020, por lo que esperamos que este beneficio se traduzca en el cumplimiento en 2021.
Quienes puedan pagar por anticipado y obtener el descuento del 10 %, ¿hasta cuándo tienen plazo?
El plazo para acogerse al 10 % de descuento por pronto pago en el impuesto predial se inicia el 15 de junio y finaliza el 23 de junio. Dicho plazo dependerá de la última letra del Código Homologado de Identificación Predial (Chip), que se puede ver en la parte superior de la factura o de la declaración.
Antes, el predial se pagaba por unas fechas límites para todos, ¿por qué cambió el esquema?, ¿qué es el Chip? y ¿cómo serán los pagos ahora?
El Chip es el Código Homologado de Identificación Predial y corresponde a la identificación del predio determinada por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital. A partir de 2021, la Secretaría de Hacienda tomó la decisión de establecer vencimientos diferenciales para acceder al descuento del 10 % por pronto pago, según el último carácter del Chip, con el fin de beneficiar los trámites de los contribuyentes a través de la estabilidad de la plataforma tecnológica de la entidad. Así, se distribuye la recepción de los pagos de las facturas y de la presentación de las declaraciones en un horizonte de tiempo de alrededor de siete días.
Este año, por primera vez, se entregará un descuento adicional del 1 %, ¿cómo beneficiarse de dicho descuento?
El contribuyente que opte por este beneficio deberá ingresar a la página www.shd.gov.co, hacer clic en la Oficina Virtual, realizar la actualización de sus datos personales y autorizar a la Administración para efectuar la notificación electrónica de los actos administrativos.
GUILLERMO REINOSO RODRÍGUEZ
Editor de Bogotá
Twitter: @guirei24
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