Después de dos años y cinco días desde que la joven Ana María Castro perdió la vida en extrañas circunstancias sobre la calle 80, en Bogotá, ayer (jueves 10 de marzo) la juez 42 penal del circuito condenó a 41 años de prisión a Paul Naranjo y Julián Valente Ortegón, por el delito de feminicidio agravado en el caso de Castro y del que fueron hallados culpables.
No obstante, y como era de esperarse, los abogados de la defensa anunciaron que apelarán la decisión de los estrados judiciales y será la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá la encargada de resolver el recurso impuesto por los togados.
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Ana María Castro solo tenía 21 años. Tenía muchos planes de estudio y viajes.
Archivo particular
Durante la última audiencia, la jueza explicó de forma detallada cuáles fueron sus argumentos para decidir la sentencia condenatoria en contra de los dos asesinos.
En primera instancia le dio total credibilidad al testimonio de Daniel Vega Novoa, uno de los testigos más importantes del caso y quien aseguró durante los interrogatorios que cuando conducía su carro Spark rumbo hacia su casa vio el momento exacto en el que la joven fue expulsada de la camioneta, propiedad de la familia de Naranjo.
De la misma forma, la jueza aceptó como prueba el testimonio de Mateo Reyes, quien la noche de la muerte de Castro estaba dentro del vehículo del que habría sido expulsada violentamente. Pese a que este testigo siempre fue contradictorio en sus declaraciones y hasta se determinó que sufrió de amnesia, se consideró una declaración en la que dijo acordarse de que a la joven la habrían golpeado dentro del vehículo y luego lanzado del mismo.
Pese a estos testimonios, la defensa de los acusados ha dicho en repetidas ocasiones que durante el proceso “se desconocieron pruebas fundamentales como el video de la Chatarrería Tolima, en el que claramente se demuestra que Naranjo dejó a Mateo y a Ana María vivos sobre la calle 80”, como lo alegó John Cadena, exabogado de Naranjo.
Además, la defensa de los acusados presentó ante los estrados el testimonio de Alejandro Cuenca Berdugo, médico de la Universidad de los Andes y residente de cirugía general de la Universidad CES, quien afirmó que las lesiones halladas en el cuerpo de Castro “no son compatibles con una golpiza sufrida dentro de un vehículo”.
Según Cuenca Berdugo, la lesión en el cráneo de Ana María “muy difícilmente podría haber sido causada por un golpe dado por un ser humano”.
Dentro de la argumentación de los abogados que defienden a los acusados en el caso, también se señaló que el cuerpo de Ana María Castro presentaba golpes frontales y en el costado izquierdo, además, fracturas en el tórax y una contusión en la rodilla derecha, un edema y hematoma que según los expuesto por el médico indagado pudo corresponder a un “golpe-contragolpe” propinado por un tercer carro.
La defensa argumentó que la posibilidad de que Castro fuera arrollada por otro vehículo fue desestimada de la investigación.
Pese a las pruebas recopiladas y presentadas por los abogados de Naranjo y Valente Ortegón, la juez 42 cuestionó varios de esos elementos, como el relato del médico, ya que según su criterio no había evidencia clara sobre la presencia de otro automotor en la escena del crimen y que pudiera haber atropellado a Castro.
La decisión adoptada por la juez también generó una fuerte reacción en Greis Paéz, esposa de Paul Naranjo. Según la mujer, en la lectura de la juez se dieron por probados los hechos de la acusación aún cuando de estos se puede predicar varios errores de credibilidad de los testigos que dicen ser presenciales, así como otros errores de los que dicen ser peritos. “También cercenó y omitió varias pruebas para darle consistencia a la condena” señaló.
Añadió que la juez desestimó las pruebas de la defensa con argumentos subjetivos y sin ninguna base racional. “Dijo que no eran idóneas y que no lograban desvirtuar la teoría de la Fiscalía lo cual no es cierto”.
Una vez más hemos demostrado que la impunidad no tiene por qué ser una constante en Colombia
Pero las declaraciones de la esposa de Naranjo no pararon ahí. Según Páez, la juez invirtió la carga de la prueba diciendo que en el Sistema Penal Acusatorio, Ley 906, opera la teoría de la carga dinámica de la prueba, asegurando que es Paul a quien le correspondía desvirtuar la hipótesis de la acusación y que la hipótesis no fue probada. “Esto es falso pues es a la Fiscalía a la que le corresponde probar los hechos que, afirma, sucedieron, y no se puede invertir la carga de la prueba para que Paul pruebe su inocencia. Es un absurdo jurídico pensar de forma contraria” señaló la mujer.
Aunque la familia de los acusados y la defensa han manifestado inconsistencias en la lectura del fallo condenatorio en contra de Naranjo y Julián Ortegón; lo cierto es que la juez destacó como uno de los elementos clave en la investigación unos audios en los que Naranjo trata de forma despectiva a Castro.
Según reveló esta prueba, durante una llamada telefónica, entre Naranjo y otro sujeto, en la que se hablaba de la ubicación del teléfono de la víctima este la trata de perra. “Hay suficientes evidencias que demuestran que Paul y Ana María sí tenían una
relación sentimental y que sí hubo manifestaciones de celos antes de que ocurriera la muerte de la joven de 21 años de edad”, señaló la jueza en medio de su argumentación.
Aunque la defensa presentó entre sus pruebas un informe psicológico practicado a Paul Naranjo, para desvirtuar la tesis de que el hombre presentaba comportamiento agresivos y homicidas, la juez determinó que esa prueba no era concluyente, toda vez que, para la togada, la psicología no es una ciencia exacta que pueda medir el comportamiento humano en todos escenarios.
Sin embargo, se anotó que dicho informe dejó constancia de que Naranjo no presentaba cuadros de ira o comportamiento propios de una persona inclinada hacia la comisión de delitos relacionados con el homicidio o feminicidio y que más allá de la tristeza por el caso no había un comportamiento inusual.
Abelardo De La Espriella, apoderado de la víctima, dijo después del fallo que “una vez más hemos demostrado que la impunidad no tiene por qué ser una constante en Colombia. Los asesinos de Ana María Castro se pudrirán en la cárcel como corresponde. Ana María y especialmente su madre recibirán la justicia que merecen”.

Greis Eliana Páez, esposa de Paul Naranjo, es perita en criminalística.
Archivo particular
El testimonio de Daniel Alejandro Vega Novoa fue clave para que la jueza tomara la decisión de condenar a Paul Naranjo y a Julián Ortegón por el delito de feminicidio agravado. Sorprendió en una audiencia con sus declaraciones.
Según la narración de los hechos realizada por Vega, ese 5 de marzo de 2020 se dirigía hacia su casa porque no le había salido ningún servicio en la plataforma de transporte en la que trabaja. “Yo cogí por la calle 80. Iba en el carril central cuando vi que una camioneta hizo un movimiento brusco. Se abrió la puerta y cayó una mujer al piso. Ella quedó tal cual, en la vía”.
Él pensó que se trataba de gente borracha y dijo que mientras reaccionaba un joven apareció en escena por el lado derecho de su vehículo. “Me golpeó el carro y me pidió ayuda. Decía que venía en otro vehículo, que lo dejaron atrás y que a ella la habían botado”.
Aseguró que apenas vio que la joven cayó al asfalto, los conductores arrancaron rapidísimo. “Ella salió de cabeza”.
Vega también relató que quiso colaborar y que cuando vio a la joven ya se veía sangre rodar por el piso. “Ahí llamé a reportar todo en la línea 123”. Recordó que quien se presume era Mateo Reyes se veía bastante alterado y que cuando trató de parar unas ambulancias, estas no lo ayudaron. “Luego de que confirmaron la atención me fui para mi casa, no trabajé más. Lo único que sé es que apenas cae la chica, los conductores arrancan rapidísimo”.
“Yo vi que la camioneta hizo una especie de zigzag, que disminuyó su velocidad y luego que botaron a una joven de cabeza y tal cual quedó sobre la vía”. Este mismo testimonio fue desestimado por los abogados de los condenados, pues para ellos perdió credibilidad en el momento en que se demuestra que la camioneta sí frenó.
Lo cierto es que, por ahora, tanto Naranjo como Ortegón deberán seguir el curso de su proceso y la defensa de las partes intentará apelar la condena de la jueza.