Por otra parte, el ex constituyente Alvaro Leyva Durán presentó ante la secretaría general de la Corte Constitucional una acción de cumplimiento mediante la cual solicita hacer efectivas las leyes 5 de 1960 y 16 de 1973.
Estas consagran normas del derecho internacional humanitario y los derechos humanos.
Leyva Durán solicitó hacer efectivos los artículos del caso de la Ley 5a., en los términos y con los alcances y consecuencias establecidos en ellos mismos, en lo referente a lo que las normas ordenan en caso de conflicto armado que no sea de índole internacional .
De igual manera, pide que la Corte Constitucional se pronuncie sobre la efectividad de la Convención Americana de Derechos Humanos, conocida como Pacto de San José (Ley 16 de 1973), ya que, según argumenta Leyva Durán, derechos consagrados en esa ley han sido objeto de desconocimiento por las partes comprometidas en el conflicto armado interno.
El ex constituyente advierte, asimismo, que la agenda aprobada por los negociadores en Caracas (Venezuela) y en Tlaxcala (México) remitió para después de la cesación del fuego, temas que no pueden ser diferidos y derechos que no pueden ser, en el entretanto, vulnerados.
El derecho humanitario tiene vigencia durante las hostilidades; no después. Y si se ha de hablar de derechos humanos, hay que hacerlos valer todos. Su tratamiento no puede quedar al capricho de los negociadores , concluyó Leyva.