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DOS CASOS DE FALLAS COMETIDAS POR MIEMBROS DE FF.AA.

En una ponencia presentada ante un congreso internacional especializado, el jurista Juan Carlos Henao, ex procurador delegado ante el Consejo de Estado y profesor titular de la Universidad Externado de Colombia, refirió algunos casos específicos de fallas cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas.

Redacción El Tiempo
Relató el episodio protagonizado por un agente de la Policía que llegó a la casa de un menor de edad a cobrarle una pequeña deuda. El uniformado preguntó por él a la madre. Esta le respondió que debía estar donde la abuela.
Cuando llegó al domicilio de ésta, el uniformado encontró que el menor no estaba y montó en cólera. Dio muerte a la madre delante de la abuela y de su hermana menor, a quien llevó a una quebrada, la violó torturo y asesino de un tiro en la cabeza... Luego arrojó el cuerpo a una quebrada.
El juzgamiento del hecho está contenido en el expediente número 10.567 analizado por el Consejo de Estado el 14 de septiembre de 1995, con ponente de Daniel Suárez Hernández.
Contó también el caso de una joven que fue retenida cuando se desplazaba a su lugar de trabajo y conducida a las instalaciones de un batallón.
Una vez allí dice un aparte de una sentencia proferida el 27 de julio de 1995 fue sometida por espacio de tres días, por miembros del Ejército regular, a cruentas torturas, que le dejaron como secuelas ligeros trastornos sicológicos y lesiones en diferentes partes del cuerpo, como eritemas lineales en los senos, congestión valvular y desgarro himeneal, debido al mal trato recibido .
En aquel año la Sección Tercera del Consejo de Estado resolvió un total de 471 litigios, de los cuales 280 se tradujeron en providencias en las que se reconoció la responsabilidad extracontractual del Estado. De ellas, 154 declararon la responsabilidad de la Nación-Ministerio de Defensa.
En 1996, según datos suministrados por la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda se destinó la de 206.166.593 millones de pesos para el pago de sentencias y conciliaciones provenientes de la responsabilidad del Estado.
De hecho, las cantidades que se liquidan en cada sentencia producen intereses comerciales durante los seis meses siguientes a su ejecutoria y moratorios después de vencido ese término. Los intereses por mora equivalen aproximadamente al 65 por ciento anual.
Redacción El Tiempo
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