Según la propuesta, los recursos del Situado Fiscal y los provenientes de la porción del impuesto al valor agregado que se asignan a las municipios se distribuirán con base en dos criterios: el número de habitantes con necesidades básicas insatisfechas (NBI) en proporción no inferior al 80 por ciento de las cantidades a distribuir y el desempeño fiscal y administrativo de cada municipio.
El Situado Fiscal equivaldrá a un porcentaje no menor del 20 por ciento de los ingresos corrientes de la Nación y será distribuído entre los municipios. Como contraprestación, los municipios estarán en capacidad de recibir de la Nación la responsabilidad de atender servicios de salud y educación en sus niveles básicos y pagarlos directamente.
El municipio asumirá el servicio de educación primaria y secundaria, integrado en establecimientos únicos, de conformidad con autorizadas recomendaciones de instancias técnicas gubernamentales para impedir la deserción escolar y dificultades pedagógicas y administrativas que se atribuyen a la actual división entre establecimientos de educación primaria y establecimientos de educación secundaria. Estos fenómenos se han detectado principalmente en el sector oficial y perjudican especialmente a los niños de hogares más pobres . Gasto social De acuerdo con la propuesta de los constituyentes, el gasto público debe desempeñar un papel eminentemente redistributivo en favor de las regiones del país.
Por ello se propone introducir en la constitución el concepto de Gasto Público Social en la Ley de Apropiaciones, el cual tendrá prioridad sobre cualquier otra asignación.
Para el efecto, se tendrá en cuenta la definición de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), que involucra además reciprocidad en materia de esfuerzo fiscal.
De acuerdo con el proyecto el gasto público social tendrá prioridad sobre cualquier otra asignación , excepto en casos de guerra exterior o por razones de seguridad nacional. El concepto de gasto público social será establecido en una ley orgánica de presupuesto. Fondo de Regalías El proyecto de reforma, incluye la creación de un Fondo Nacional de Regalías, que se nutrirá con la parte de las regalías originadas en la explotación de recursos naturales no renovables que hoy se reserva la Nación.
Los recursos de dicho Fondo se asiganarán a las distintas entidades territoriales con base en el criterio de necesidades basicas insatisfechas.
La ley podrá redistribuir o reasignar entre los municipios de un mismo departamento o entidad regional, el total de las regalías percibidas por una entidad territorial, habida cuenta con el número de personas con necesidades básicas insatisfechas.