Bienvenido
has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.
El correo electrónico de verificación se enviará a
Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.
NO, CAMBIAR CORREO
SI, ENVIAR
Queremos que encuentres las noticias que más te interesan
Sigue tus temas favoritos en un lugar exclusivo para ti.
descubre
¨mis noticias¨
Un lugar exclusivo,
donde podrás seguir tus
temas favoritos .
¡elígelos!
¡hola!
Aquí también puedes encontrar "Mis Noticias"
y seguir los temas que elegiste en la APP.
¡Descubre cómo funciona!
lo último
La manera más rapida para ponerte al día.
Mis noticias
Una sección exclusiva donde podras seguir tus temas.
editar favoritos
Cuando quieras, cambia los temas que elegiste.
¡Tus temas favoritos han sido guardados!
Ahora estas siguiendo
4 TEMAS
Te contamos como funciona
LO ÚLTIMO
La manera más rapida para ponerte al día.
MIS NOTICIAS
Una sección exclusiva donde podrás seguir tus temas.
EDITAR FAVORITOS
Cuando quieras, cambia los temas que elegiste.
VER MIS NOTICIAS
Lo haré después
Recuerda que para ver tus temas en todos tus dispositivos, debes actualizar la App de El Tiempo.
Por:
REDACCION EL TIEMPO
16 de junio 1997 , 12:00 a. m.
La Constitución de 1991, como es sabido, creó en su artículo 88 las llamadas acciones populares y de grupo, que tienden genéricamente a impedir el quebrantamiento de derechos de la comunidad o de las personas, aisladamente consideradas, cuando determinados agentes externos puedan afectarlos. En cierta manera constituyen un complemento de la acción de tutela, y podrán ejercitarse en materias relacionadas con el medio ambiente, el patrimonio público y el cultural de la Nación, la seguridad y la salubridad públicas, la libre competencia económica, los consumidores y los usuarios, la seguridad y atención de los desastres previsibles, las armas químicas, biológicas y nucleares, los residuos nucleares y tóxicos, las construcciones y los desarrollos urbanos que no cumplan las normas reglamentarias.
Se trata de una novedad institucional, que solo ahora el Congreso ha procedido a reglamentar. Tan solo falta conciliar algunas discrepancias entre el Senado y la Cámara para que el proyecto vaya a la sanción presidencial.
Mediante las acciones populares podrá reclamarse, incluso, el pago de perjuicios porque se haya vendido un producto de mala calidad. En alguna forma representan un notorio avance institucional. Mas desde ahora debe advertirse que su reglamentación debe ser tan específica como severa, para que lo que se pretende sea una conquista social no se convierta, como la acción de tutela, en un verdadero vicio de las instituciones y en fuente de congestión imponderable para la marcha de la justicia.
Llegaste al límite de contenidos del mes
Disfruta al máximo el contenido de EL TIEMPO DIGITAL de forma ilimitada. ¡Suscríbete ya!
Si ya eres suscriptor del impreso
actívate
* COP $900 / mes durante los dos primeros meses
Sabemos que te gusta estar siempre informado.
Crea una cuenta y podrás disfrutar de:
- Acceso a boletines con las mejores noticias de actualidad.
- Comentar las noticias que te interesan.
- Guardar tus artículos favoritos.
Crea una cuenta y podrás disfrutar nuestro contenido desde cualquier dispositivo.