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NIEGAN TUTELA CONTRA EL ICA
El Tribunal Administrativo de Córdoba negó una tutela presentada por el ciudadano Alberto José Calume, quien pretendía que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) le certificara la vacunación de su ganado, por cuenta propia y sin acudir al Comité Departamental de Ganaderos.
Por:
REDACCION EL TIEMPO
14 de junio 1997 , 12:00 a. m.
La queja había sido presentada contra el director de la oficina del ICA en el municipio Planeta Rica. De acuerdo con la resolución 680 expedida por el instituto, las autoridades sanitarias solo certifican las vacunas contra la aftosa, cuando estas se aplican durante el plan de vacunación previsto por una organización de ganaderos.
Este requisito tiene como objetivo evitar que algunos ganaderos manifiesten haber vacunado sus animales, cuan do en realidad no lo han hecho.
De acuerdo con el tribunal, la acción de tutela no fue procedente debido a que el ICA es la entidad encargada de velar por la sanidad animal en el país, mediante acciones de protección, prevención y control.
Según el fallo, el Tribunal entiende que lo que se busca con esta resolución del ICA no es otra cosa que hacer cumplir con los planes de vacunación a fin de erradicar la fiebre aftosa de la región .
La determinación del ICA presenta dos alternativas para realizar la vacunación contra la aftosa: vacunar a través de la asociación de ganaderos local, o de manera personal, siempre y cuando sea supervisado y vigilado por una organismo gremial.
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