La falta plena de colaboración con la justicia llevó a que el juez no le concediera ningún beneficio de rebaja de pena, fuera más severo en su decisión y redujera sólo en un año la condena máxima establecida en la ley 24 años para el delito de narcotráfico.
En efecto, el juez regional de Bogotá condenó al menor del clan de los Rodríguez a 23 años de prisión y una multa equivalente a 1.063,125 (mil sesenta y tres coma ciento veinticinco) salarios legales mensuales cerca de 181 millones de pesos que deberá pagar a favor de la Nación, tras encontrarlo penalmente responsable de los delitos de concierto para infringir el Estatuto Nacional de Estupefacientes y tráfico de estupefacientes materia del juzgamiento .
La condena es por el cargamento de 150 kilos de cocaína que Rodríguez Orejuela envió en 1989 a Estados Unidos, vía Costa Rica.
La nueva condena se acumulará de manera jurídica más no aritmética con la sentencia de nueve años dictada hace más de un mes por un juez regional de Cali.
Sin embargo, corresponderá al juez de ejecución de penas establecer el tiempo definitivo y real que Rodríguez estará tras las rejas.
Fuentes jurídicas afirmaron que la pena efectiva podría estar cercana a los 30 años.
En su fallo, el juez regional decide mantener vigentes las medidas cautelares de embargo y secuestro decretadas contra los bienes y acciones referidas dentro del señalado proceso y de propiedad del condenado.
Igualmente se abstiene de concederle el subrogado penal de la condena de ejecución condicional, ordenando, eso sí, tener como parte cumplida de la pena el tiempo que lleva privado de la libertad en razón del mencionado proceso.
Así mismo compulsa copias de un anexo del proceso y denominado cuaderno original en inglés con destino a la Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali y de la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura ese lugar, a fin de que sea investigado penal y disciplinariamente Heberth Humberto Reyes Motato, juez Once Civil del Circuito de la capital del Valle.
Compulsa copias de la actuación a la Dirección Regional de Fiscalías de Santa Fe de Bogotá para que sean investigados penalmente Gilberto Rodríguez Orejuela, Jairo Arcila y Heriberto , bajo los cargos de concierto para infringir el Estatuto Nacional de Estupefacientes y tráfico de estupefacientes.
En la parte resolutiva de la sentencia condenatoria, que consta de 156 folios, el juez declara inexistente la prueba practicada motu propio (espontáneamente) por la defensa en los Estados Unidos, a través de Reyes Motato, concretada en los testimonios de LorePague, Carroll E. Southworth, Jaider Murillo y Fernando Ospina .
A renglón seguido condena a Miguel Rodríguez a la pena accesoria de interdicción en el ejercicio de derechos y funciones públicas por un período de 10 años.
Rodríguez, de 53 años, cuya extradición ha solicitado Canadá, afronta un tercer proceso judicial por cohecho, por el presunto intento de soborno con un millón de dólares a un juez. Por este nuevo delito, podría ser condenado entre 3 y 6 años de prisión.
Rodríguez, detenido desde agosto de 1995 en la Penitenciaria Central de La Picota, fue condenado el 17 de enero pasado a 9 años de prisión por narcotráfico, así como al pago de una multa de 4 millones de dólares por enriquecimiento ilícito, en una sentencia dictada por un juez sin rostro de Cali.
En el mismo, fallo Gilberto Rodríguez, conocido como El Ajedrecista , capturado en junio de 1995, fue condenado por el mismo tipo de delitos a 10 años y medio de prisión y a pagar 8 millones de dólares.
El juez aplicó en ambos casos rebajas por la confesión de los capos y la entrega de pruebas, de las que dijo habían sido concluyentes y, en ocasiones, las únicas con las que contaba.
La baja sentencia causó la indignación del Gobierno y la justicia colombianas, así como de funcionarios de Estados Unidos, que consideran al cartel de Cali responsable del 80 por ciento de la cocaína que llega a ese país.
Otras decisiones El agente especial del Ministerio Público que actuó dentro del proceso que fue condenado Miguel Rodríguez Orejuela, a 23 años de cárcel, será investigado penalmente.
Así lo dispuso el juez sin rostro al compulsar copias a la Fiscalía Delegada ante el Tribunal Nacional para que investigue penalmente por el presunto delito de prevaricato al agente especial de la Procuraduría.
Igualmente compulsó copias al Fiscal Seccional de Cali, que conoce del expediente por el delito de sustracción de documento público, a fin de que sean investigados por los punibles contra la fe pública y la administración de justicia, Amparo Arbeláez Pardo, esposa de Miguel Rodríguez, Alvaro Bejarano, Antonio Roberto Gutiérrez Rentería, Nancy Domínguez de Aguado, Beatriz Silva Notaria Décima del Circuito de Cali, en calidad de encargada Carlos Julio Castrellón Minotta, Fredy Succar Chediac, Jaime Luciano Rengifo Valderrama, Cristian Tadeo Daes Abuchaibe y Antonio Sarmiento Meléndez.
También pidió que sean investigados penalmente Gilberto Rodríguez Orejuela, Jairo Arcila y Heriberto , por la posible comisión de los delitos de concierto para infringir el Estatuto Nacional de Estupefacientes y tráfico de estupefacientes.
En caso de no ser apelado, el fallo será consultado ante el Tribunal Nacional.
VER: Facsimile de la sentencia