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ACUERDO PARA LLENAR EMBALSE SAN RAFAEL

El llenado del embalse de San Rafael se iniciará a partir del tercer trimestre de 1996, es decir, a partir de agosto. Así quedó establecido en el acuerdo que suscribieron ayer el gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB), Alejandro Deeb, y el alcalde de La Calera, Luis Alejandro Tovar Arias.

Redacción El Tiempo
En el convenio quedaron superados los dos problemas que tenía parado el llenado del embalse: el primero, relacionado con el suministro de agua a las veredas afectadas por el embalse y el segundo, con la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales por parte de la Corporación Autónoma Regional (CAR).
Con respecto al suministro de agua, la EAAB se comprometió a vender agua tratada de la Planta Wiesner, a los precios fijados por la entidad, a los usuarios acreditados por la alcaldía de La Calera y a los residentes ubicados dentro del área de influencia del Proyecto San Rafael y del Sistema Chingaza, en carrotanques que deben cumplir con las normas técnicas.
Así mismo, quedó establecido que la Empresa de Acueducto efectuará los estudios y diseños para proporcionar agua en cantidad suficiente y necesaria para el consumo doméstico mediante los medios técnicos y económicos recomendados por dichos estudios. Esto debe hacerse en un tiempo no mayor a cuatro meses, contados a partir del convenio.
Adicionalmente, quedó estipulado que la Empresa y el municipio de La Calera contratarán un gerente de proyecto para la creación y puesta en funcionamiento de la Empresa de Prestación del Servicio de Acueducto y Alcantarillado Interveredal.
La EAAB también deberá hacer un estudio para la actualización técnica y financiera de la Empresa de Servicios Públicos de La Calera.
El Acueducto deberá enviar a la oficina de Atención y Prevención de Desastres de la Presidencia de la República el plan de contingencia del Embalse San Rafael, porque sin la aprobación de este plan no se podrá iniciar el llenado.
La construcción
Con respecto a la construcción de la planta de tratamiento, en el término de dos años, contados a partir de la firma del convenio. la Empresa de Acueducto deberá legalizar la adquisición de los predios destinados al proyecto Chingaza pendientes de formalización.
Además, la EAAB tendrá que legalizar los predios y reubicar a los habitantes propietarios de predios de utilizada pública en la zona de la cantera del área del embalse San Rafael, en un término no mayor a 12 meses.
Igualmente, para las prácticas de llenado de prueba y llenado definitivo del Embalse se requiere dar aviso al Municipio con una antelación no inferior a 15 días calendario.
De otra parte, el convenio también dejó claro el aspecto de multas. El incumplimiento parcial de las obligaciones que la EAAB asumió en el convenio autorizará al municipio a cobrar multas diarias y sucesivas.
Si el incumplimiento es total, la Empresa de Acueducto tendrá la obligación de pagar 600 millones de pesos.
Redacción El Tiempo
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