En un foro convocado por la Procuraduría, Vargas señaló: "Debemos avanzar hacia unos parámetros que digan que la pena se cumpla efectivamente, así tenga seis meses de cárcel, pero, por el camino que vamos, todos los delitos se van a convertir en excarcelables".
Los beneficios a los que se refirió el Ministro están en el Código de Procedimiento Penal y permiten que, cuando la condena no supere los cuatro años de prisión, un juez se la pueda suspender a quienes no tengan antecedentes penales y no representen un peligro para la sociedad.
Es el caso del hombre que con ácido desfiguró el rostro de una joven bogotana y que quedó libre porque no tenía antecedentes y la incapacidad de la víctima fue menor de 90 días.
"Se hace necesario realizar modificaciones de las causales de excarcelación para que conservemos unas penas razonables para estos nuevos delitos, pero que se cumplan", agregó Vargas.
Propuesta divide a juristas La propuesta del Ministro del Interior causó controversia entre los juristas.
Algunos, como el ex presidente de la Corte Suprema de Justicia Jorge Aníbal Gómez Gallego, consideraron que una reforma en ese sentido representa un retroceso en la política criminal y carcelaria del país.
"Se regresaría a un sistema en donde la regla general es la de castigar y no la de resocializar. Es ponerle rejas a este país y contribuir a la congestión carcelaria", expresó el ex magistrado Gallego.
Sin embargo, el ex vicefiscal Francisco José Sintura advirtió que cualquier iniciativa en ese sentido debe ir acompañada de una política criminal.
"En este momento, el juez está más preso de la ley que el propio delincuente.
Tanto beneficio y rebaja de penas están llevando a la sociedad a pensar que el delito sí paga", concluyó Sintura.
Otros analistas consultados por EL TIEMPO señalaron que, en todo caso, el Gobierno no debe caer en la tentación de lanzar propuestas de reformas penales por las situaciones coyunturales.
En este momento, el Congreso analiza dos propuestas de reforma a la Justicia presentadas por el Ejecutivo y por el Consejo de Estado. Ninguna de ellas, sin embargo, toca aspectos puntuales de los delitos y las penas