El Artículo 2 de esa norma indica que "los directivos de los partidos y movimientos políticos que aspiren a ser elegidos en cargos o corporaciones de elección popular por otro partido o movimientos políticos o grupo significativo de ciudadanos, o formar parte de los órganos de dirección de estos, deben renunciar al cargo 12 meses antes de postularse, aceptar la designación, o ser inscritos como candidatos".
Es esta parte la que inhabilitaría a Mockus, pues su renuncia a la dirección del Partido Verde se produjo hace menos de un mes. Fuentes de la Corte aseguraron que ese impedimento solo regirá cuando la ley sea sancionada por el Presidente, y ese trámite no se ha cumplido.
En esto coincidió el ministro del Interior, Germán Vargas, quien dijo que los efectos de la ley aún no rigen y, además, no tendrían carácter retroactivo.
Sobre Mockus y Gustavo Petro, afirmó que, "en principio, no creo que estén inhabilitados".
El representante Guillermo Rivera, ponente de la ley, dijo que si esta "se sanciona antes de que Mockus se inscriba, sí le generaría inhabilidad".
Mockus, como los demás, tiene plazo hasta el 10 de agosto para inscribirse