¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo baxulaft@gmai.com no ha sido verificado. VERIFICAR CORREO

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí.

Archivo

Constitución y economía

A 20 años de expedida la Constitución de 1991, no hay acuerdo sobre su impacto en materia económica y social. Mientras unos consideran que abrió el camino hacia una sociedad más igualitaria, otros señalan que no logró un mejoramiento significativo en la cobertura y calidad de la educación, la salud o la vivienda, ni una reducción apreciable del nivel de pobreza o desigualdad.

GUILLERMO PERRY
En contraste, afirman, el gran aumento que produjo en el gasto social y en las
transferencias a los departamentos y municipios ha puesto en cuestión la
sostenibilidad fiscal del Estado. ¿Qué tanta razón les asiste a unos y otros?
La consagración de los derechos individuales y colectivos, así como de
mecanismos legales para su protección (la tutela, las acciones de cumplimiento
y las acciones populares), son la esencia del Estado Social de Derecho,
establecido por la Carta del 91.
Sin duda, ha empoderado a los ciudadanos y ha constituido un primer paso hacia
una mayor igualdad de oportunidades. Pero sería ingenuo esperar que, por sí
solas, estas disposiciones constitucionales permitieran eliminar la excesiva
desigualdad y los altos niveles de pobreza que aquejan a nuestra sociedad.
Para lograrlo no basta con destinar recursos crecientes al gasto social. Se
requieren instituciones y políticas sociales eficientes y hemos progresado
poco en estos campos.
Más aún, la Corte Constitucional, al caracterizar como fundamentales algunos
derechos económicos y sociales y al entrometerse en las funciones del poder
legislativo en estos campos, ha causado traumatismos graves en el
funcionamiento y la viabilidad financiera del sistema de aseguramiento de
salud y del mercado de crédito a la vivienda, así como en las finanzas del
Estado. Esas decisiones, además, han conducido a nuevas inequidades entre los
ciudadanos.
La ambiciosa descentralización de las funciones públicas de la Carta produjo
uno de los Estados unitarios más descentralizados del mundo y una enorme
diversidad de resultados en materia de prestación de servicios básicos. La
cobertura y calidad de estos mejoraron en forma notable en unos departamentos
y municipios, pero se estancaron o deterioraron en muchos otros.
Además, se han presentado frecuentes escándalos de corrupción y mal uso de los
recursos públicos. La influencia corruptora del narcotráfico y el
paramilitarismo, que llegó a niveles inusitados en buena parte del territorio
nacional, imposibles de predecir en 1991, acentuó el impacto de los defectos
de diseño constitucional y legal de nuestro proceso de descentralización.
Tampoco se podía predecir, en 1991, el aumento exponencial que han tenido los
ingresos por regalías petroleras y mineras, que ha conducido a una desigualdad
exagerada de la capacidad financiera entre regiones receptoras y el resto del
país y a un grado notable de desperdicio y corrupción. El crecimiento muy
rápido de los recursos transferidos a departamentos y municipios contribuyó,
también, a la crisis fiscal que se gestó a lo largo de la década de los 90 y
que explotó durante la crisis económica de 1999.
La constatación de estos hechos motivó las reformas constitucionales de los
años 2001 y 2007 del régimen de transferencias, y otra más reciente del
régimen de regalías. Las primeras limitaron el crecimiento excesivo de las
transferencias, redujeron la volatilidad de los ingresos de los departamentos
y municipios y mejoraron un poco la eficiencia en su uso, al asignarlas con
base en el criterio de población efectivamente atendida. La segunda corregirá
en algo las inequidades e ineficiencias actuales, pero tendrá que
complementarse con mecanismos de rendición de cuentas más efectivos.
Asimismo, la preocupación por las consecuencias fiscales de algunas decisiones
de la Corte Constitucional llevaron al actual gobierno a proponer una enmienda
que elevará la sostenibilidad fiscal a la categoría de principio
constitucional. Algunos sectores consideraron que ello podría limitar la
satisfacción de los derechos económicos y sociales. Se llegó a un débil
compromiso al incorporar la sostenibilidad fiscal como un "criterio"
constitucional y establecer el procedimiento del "incidente fiscal", que
permitirá al Gobierno señalar ante la Corte los efectos nocivos potenciales de
algunas decisiones en cierne. A mi juicio, lo adecuado hubiese sido reconocer
expresamente que la sostenibilidad fiscal es un derecho de carácter
colectivo.
De hecho, una de las mayores innovaciones de la Carta consistió en el
reconocimiento de los derechos de carácter colectivo (ambiente, espacio
público, patrimonio público y libre competencia económica), así como el
establecimiento de un mecanismo ágil para su protección: las acciones
populares. La Corte ha sido cuidadosa en balancear la aplicación de los
derechos individuales y los colectivos, imponiendo límites a los primeros
cuando amenazan la integridad de los segundos. En estas materias hemos
avanzado mucho.
También hay consenso respecto de los efectos favorables de las nuevas normas
en cuanto a servicios públicos domiciliarios. Se introdujo el derecho de la
empresa privada y la comunidad organizada a participar en la prestación de
estos servicios y se mantuvo en el Estado el poder de regular y supervisar a
las empresas públicas o privadas para asegurar la prestación eficiente de los
servicios a todos los ciudadanos.
Desarrollando estos mandatos, el Congreso expidió en 1993 y 1994 las Leyes de
Servicios Públicos, Electricidad y Telecomunicaciones, que crearon las
Comisiones Autónomas de Regulación, promovieron la competencia en la
prestación de los servicios y organizaron un sistema de subsidios cruzados que
hiciera posible simultáneamente la viabilidad financiera del servicio y el
acceso a grupos de ingresos bajos. La Superintendencia de Servicios Públicos
ha supervisado la prestación y ha sancionado o intervenido empresas
prestadoras que han incumplido sus obligaciones con los usuarios. Se reconoce
que este sistema mixto ha facilitado la ampliación de la cobertura y las
mejoras notables en la eficiencia y calidad de estos servicios.
Igualmente, hay consenso respecto de la autonomía otorgada al Banco de la
República para el manejo monetario y cambiario, sin perjuicio de que estas
funciones "se ejercerán en coordinación con la política económica general".
Estas normas, similares a las que rigen hoy a bancos centrales autónomos en
otros países, aislaron el manejo de la política monetaria de la intromisión
indebida de urgencias políticas del momento y del beneficio de intereses
particulares (a través de cupos de crédito especiales financiados con emisión
monetaria), como sucedía en el pasado.
Hoy no cabe duda del éxito alcanzado al facilitar la transición de un régimen
de inflación alta y volátil a uno de inflación baja y estable, así subsista un
debate legítimo sobre el manejo cambiario. La reducción de la inflación
benefició por igual al sector empresarial y a los asalariados, que solían
sufrir rebajas inesperadas en la capacidad adquisitiva de sus salarios
nominales.
EDISAR
GUILLERMO PERRY
icono el tiempo

DESCARGA LA APP EL TIEMPO

Personaliza, descubre e informate.

Nuestro mundo

COlombiaInternacional
BOGOTÁMedellínCALIBARRANQUILLAMÁS CIUDADES
LATINOAMÉRICAVENEZUELAEEUU Y CANADÁEUROPAÁFRICAMEDIO ORIENTEASIAOTRAS REGIONES
horóscopo

Horóscopo

Encuentra acá todos los signos del zodiaco. Tenemos para ti consejos de amor, finanzas y muchas cosas más.

Crucigrama

Crucigrama

Pon a prueba tus conocimientos con el crucigrama de EL TIEMPO