¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo baxulaft@gmai.com no ha sido verificado. VERIFICAR CORREO

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí.

Archivo

MINJUSTICIA PONE EN MARCHA DESCONGESTIÓN

Sólo para el caso de Bogotá, las estadísticas oficiales sitúan en 83.837 el número de expedientes que desde los despachos judiciales harán tránsito en las próximas horas a las inspecciones de policía. Ese cúmulo de procesos equivale al 45 por ciento de todas las causas en curso en los 82 juzgados penales municipales con sede en la capital. El Estado carece de estadísticas confiables respecto del resto del país.

Con todo, el tránsito de 83.837 de un total de 166.304 procesos en curso ejemplifica la estrategia que a partir de mañana pondrá en marcha el Gobierno para lograr la descongestión de la justicia.
El Gobierno sancionará la Ley de Descongestión de la Justicia que erige en contravenciones de policía 19 delitos, establece la conciliación en materia civil, laboral y penal y faculta al Ministerio de Justicia para autorizar la creación de centros privados de conciliación por parte de las universidades, las cámaras de comercio y los colegios de abogados, entre otros.
El Ministerio de Justicia ha preparado 10.000 cartillas que ilustran a alcaldes, inspectores de policía, conciliadores en equidad y otros funcionarios sobre la aplicación exacta de la ley.
Y, según un comunicado de esa cartera, la ley será sancionada luego de un completo proceso de divulgación y capacitación, dirigido a los funcionarios que tendrán la responsabilidad de aplicar las nuevas normas (...) De esta manera, la ley se podrá aplicar sin que se presenten traumatismos a ningún nivel .
En primer lugar, la norma determina que en adelante serán contravenciones de policía las lesiones personales intencionadas que ocasionen una incapacidad hasta de treinta días; el hurto simple hasta en una cuantía de medio millón de pesos, y la estafa cuando no exceda un valor de diez salarios mínimos (unos 510.000 pesos).
De la misma manera procede con la violación arbitraria de habitación ajena; la transferencia de cheques sin fondos hasta por 500.000 pesos y el daño en bienes ajenos hasta por diez salarios mínimos.
Los procesos por tales contravenciones prevé la ley requerirán de querella de parte y estarán sujetos a un procedimiento expedito.
Asimismo, se determinan ocho días hábiles para la práctica de pruebas y prevé que en la misma diligencia de indagatoria el procesado o su defensor podrán solicitar la práctica de pruebas que consideren necesarias.
El funcionario decretará únicamente y en el mismo acto, las que considere procedentes y ordenará las que considere necesarias para el esclarecimiento de los hechos .
Las partes dispondrán posteriormente de tres días para alegar y en el curso de los cinco días siguientes se dictará sentencia. Los alcaldes, gobernadores, intendentes y comisarios conocerán en segunda instancia de esos procesos. Y también en esta etapa, el procedimiento será ágil: cinco días de alegatos y ocho para sentencia.
Las penas pueden alcanzar hasta 18 meses de arresto inconmutable, aunque procede la condena de ejecución condicional, una vez cumplidas tres cuartas partes de la pena o la realización de trabajos de alfabetización y obras públicas.
La ley establece, además, la conciliación en materias laboral, civil y penal. En el primer ámbito establece como prerrequisito para acudir a la justicia el trámite de las reclamaciones ante los inspectores del Ministerio de Trabajo.
El artículo 39 señala: Se presumirán que son ciertos los hechos en que el actor basa sus pretensiones, cuando el demandado ante la jurisdicción laboral no comparezca (es decir, no acate las citaciones por vía administrativa).
Respecto del derecho de familia, la conciliación estará a cargo de defensores de familia y procederá frente a custodia y cuidado personal de menores, separación de cuerpos y liquidación de la sociedad conyugal, entre otros. Todo, sin perjuicio de las facultades concedidas a los notarios .
También se crea la conciliación en materia de conflictos de jurisdicción contencioso-administrativa o conflictos entre los particulares y el Estado.
La competencia de realizar la conciliación se atribuye en este caso al Ministerio Público y, de acuerdo con la ley de descongestión, procederá frente a todos los actos administrativos.
Los ministros, jefes de departamentos administrativos y demás representantes jurídicos de entes nacionales, departamentales, municipales o intendenciales, asumirán la defensa de la Nación y tendrán la facultad de conciliar a nombre de ella.
Así, en el caso de una demanda por incumplimiento de un contrato de parte de la Nación, el representante legal del organismo correspondiente podrá conciliar con el afectado en busca de evitar un pleito millonario.
Finalmente, la ley establece la conciliación en materia penal a través de conciliadores en equidad o jueces de paz que asuman en primera instancia el conocimiento de todas aquellas causas susceptibles de transacción, desestimiento o conciliación.
icono el tiempo

DESCARGA LA APP EL TIEMPO

Personaliza, descubre e informate.

Nuestro mundo

COlombiaInternacional
BOGOTÁMedellínCALIBARRANQUILLAMÁS CIUDADES
LATINOAMÉRICAVENEZUELAEEUU Y CANADÁEUROPAÁFRICAMEDIO ORIENTEASIAOTRAS REGIONES
horóscopo

Horóscopo

Encuentra acá todos los signos del zodiaco. Tenemos para ti consejos de amor, finanzas y muchas cosas más.

Crucigrama

Crucigrama

Pon a prueba tus conocimientos con el crucigrama de EL TIEMPO