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A SALVO INVESTIGACIÓN POR ROBO DE CARROS EN LA FRONTERA

La justicia impidió ayer que la investigación de la Fiscalía General de la Nación dirigida a esclarecer el robo de carros en la frontera colombo-venezolana el conocido caso Iglesias quedara literalmente sepultada.

LETICIA FORERO
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó una tutela presentada para anular el expediente.
El mismo en cuyo trámite está comprometida, aparentemente, la responsabilidad del entonces oficial de enlace de la Embajada de Venezuela en Colombia, Eduardo Iglesias Pérez, y del abogado colombiano Robinson Ricardo Rada González.
Se trata del mismo caso que dio lugar a una investigación disciplinaria iniciada por la Procuraduría contra el vicefiscal general, Adolfo Salamanca Correa, por la fuga del país del comisario Iglesias.
Iglesias, funcionario de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip), está vinculado presuntamente a la mafia del robo de carros y en su contra la Fiscalía expidió una medida de aseguramiento.
La tutela la presentó el abogado Robinson Ricardo Rada González, vinculado a la investigación y afectado con una medida de aseguramiento por este caso.
Rada pretendía anular el proceso porque, a su juicio, la Fiscalía no es competente para privar de la libertad a personas sindicadas de infringir las leyes aduaneras.
En su opinión, se trata de una competencia exclusiva de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y de las autoridades contencioso administrativas.
El abogado pidió que se decretara la nulidad de las tres investigaciones que adelanta la Fiscalía por el robo de automotores en la frontera.
Otras peticiones
Buscaba también que se revocaran las medidas de aseguramiento contra él y contra Iglesias y que se cancelaran las órdenes de captura proferidas por los fiscales que conocen del proceso.
Rada, que se desempeña como presidente de la Unión Colombiana de propietarios de vehículos venezolanos, prestaba colaboración a Iglesias.
La Sección Primera del Tribunal le negó la tutela a Rada y advirtió que la Fiscalía General de la Nación no le violó sus derechos fundamentales al dictar una medida de aseguramiento en su contra.
En criterio de la corporación, Rada tiene otros mecanismos para controvertir las decisiones de la Fiscalía.
A juicio del Tribunal la Fiscalía no incurrió en vías de hecho pues a Rada se le dieron todas las oportunidades procesales y se le garantizaron los derechos a la defensa y al debido proceso.
La Sección Primera del Tribunal dijo que los jueces no pueden ordenarle a la Fiscalía que proceda de una determinada manera dentro de las investigaciones penales que está adelantando.
La corporación reiteró que no es competente para conocer, declarar nulidades ni controvertir o valorar las pruebas de una investigación de carácter penal.
La sentencia la proyectó el magistrado Ernesto Rey Cantor.
La providencia que podría ser revisada por la Corte Constitucional se produjo al negar una tutela contra el fiscal, Alfonso Valdivieso; el vicefiscal, Adolfo Salamanca; el jefe de asuntos internacionales de la Fiscalía, Eduardo Carrasco; la fiscal seccional 287, María Patricia Parra; el fiscal 217, Walter Adonis Burbano, contra los delegados de la Unidad Especial de Automotores venezolanos y Fabio David Bernal, fiscal 4 delegado ante el Tribunal Superior de Bogotá.
La Sala mantuvo la tesis de la Corte Constitucional en el sentido de que la tutela no procede contra las decisiones judiciales y dijo que los imputados en las investigaciones tienen los medios consagrados en el Código de Procedimiento Penal para controvertir las decisiones de los jueces.
LETICIA FORERO
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