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Por:
REDACCION EL TIEMPO
01 de junio 1995 , 12:00 a. m.
Bogotá
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca se abstuvo de ordenarle a la Administración de Impuestos Nacionales que le devolviera más de 479 millones de pesos a la multinacional Occidental de Colombia, Oxi.
La Oxi alegó que, por un error, en 1985 aplicó la retención en la fuente a la multinacional Mannesmann Anlangenbau A.G. por 224 947.606 pesos sobre rentas de fuente extranjera, sobre las cuales no procedía la retención.
La Oxi intentó demostrar, mediante el contrato firmado con la Mannesmann para la construcción del Oleoducto Caño Limón-Coveñas, que esas rentas, pagadas en moneda extranjera, estaban exentas de retención; sin embargo, en criterio de los magistrados de la Sección Cuarta, el contrato solo demuestra la forma en que se pactaron esos servicios -la construcción del ducto- y la moneda en que se convino que se haría el pago .
No obstante, dijo la corporación, ello no incluye las circunstancias en que efectivamente se efectuaron esos gastos, lo cual constituía el elemento tenido en cuenta por la ley para que hubiera o no la obligación de retener.
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