La cifra es equivalente a tres salarios mínimos legales mensuales por cada día, en el caso de las filmaciones, y a un salario mínimo mensual por día, si se trata de fotografías. El costo es independiente de las tarifas que tradicionalmente se deben pagar por el ingreso al parque y el de los vehículos, el valor de la estadía y los consumos.
La tarifa, que se cobrará tanto a las personas naturales como jurídicas que realicen filmaciones o tomen fotografías con fines comerciales o de promoción no educativa , será ajustada el primero de enero de cada año.
Quince días hábiles antes de la fecha en que se planee iniciar la actividad, se debe diligenciar una solicitud ante Minambiente, especificando el programa de filmación o toma fotográfica, el guión, el tipo de producto que piensa filmar, la unidad de conservación y el sitio de trabajo, el número de personas que ingresarán al área y su nacionalidad, las fechas de ingreso y salida del parque, el equipo técnico, días y horas de trabajo, cantidad y tipos de vehículos que se usarán y un documento anexo en español, con información específica del proyecto, el cronograma y la metodología de trabajo.
Una vez entrada la solicitud, el Ministerio la evaluará y, si lo considera técnicamente viable, el director general de la Unidad de Parques autorizará la actividad. La persona o entidad correspondiente debe presentar el programa de filmación autorizado al jefe del área de parques y notificarle los posibles cambios que surjan. Así mismo, debe darle los respectivos créditos al Ministerio del Medio Ambiente y a la Unidad.
Aunque en la resolución no se explica con qué criterio se definirían los límites entre las actividades con fines educativos y aquellas con fines comerciales o promocionales no educativos , sí aclara que en el caso de las primeras no se cobrará por día de trabajo. Sin embargo, también deben solicitar el permiso quince días hábiles antes de iniciar labores.
Las personas que realicen este tipo de actividades deberán dar el crédito respectivo al Ministerio y a la Unidad de Parques, entregar una copia del material filmado en formato tres cuartos o VHS (o del material fotografiado en diapositivas o papel).
Saulo Arboleda, presidente de Asomedios, señaló que la medida puede tipificar una limitación al derecho al trabajo y una violación a derechos como la libertad de movilización, expresión y conocimiento .
Es una forma de desincentivar el conocimiento de los parques de Colombia porque, aunque algunas compañías pagarán las tarifas, otras no podrán hacerlo. El primer perjudicado es el televidente colombiano . Consideró discriminatoria la distinción entre los programas que se realizan con fines meramente educativos y los demás. Los programas comerciales pueden ser igual o incluso más científicos y formativos que los que, por ejemplo, realiza el Estado para transmitir por la Señal Colombia , dijo.
Para el fotógrafo Andrés Hurtado, la Unidad de Parques debería estar agradecida con los fotógrafos y la gente de la televisión, porque al mostrarle los parques a la gente hacemos al mismo tiempo educación ambiental y les enseñamos a amarlos .
Amparo de Gómez, gerente de producción de RCN Televisión, afirmó que la medida quintuplica los costos .
Por otra parte, la resolución fijó nuevas tarifas de ingreso y alojamiento, diferentes según si el visitante es nacional o extranjero (las tarifas para estos últimos son mayores).