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TLC, en recta final de revisión jurídica

La Corte Constitucional definió la estrategia que utilizará para determinar si respalda o no el Tratado de Libre Comercio suscrito entre Estados Unidos y Colombia el 22 de noviembre del 2006 y su Protocolo Modificatorio, firmado en Washington el 28 de junio del 2007, así como sus respectivas leyes aprobatorias expedidas por el Congreso de la República.

La corporación decidió que el examen de constitucionalidad del TLC tendrá
como punto de partida no uno sino dos proyectos de fallo: uno del tratado en
sí, y otro de su Protocolo Modificatorio. Es decir, no habrá examen conjunto
del TLC y su Protocolo.
Mientras que la magistrada Clara Inés Vargas Hernández avanza desde el 23 de
julio del año pasado en el estudio del acuerdo de promoción comercial y de
su ley aprobatoria, el jurista Manuel José Cepeda asume la ponencia sobre el
Protocolo y su ley aprobatoria, sancionada por el presidente Álvaro Uribe el
22 de noviembre.
Los magistrados Vargas y Cepeda presentarán de manera independiente, en el
primer semestre de este año, sus iniciativas de decisión ante la plenaria,
integrada por los nueve magistrados del alto tribunal, para iniciar el
examen referido.
Las decisiones de la corporación se dictarán aunque no exista aún la
respectiva aprobación del acuerdo por parte del legislativo de Estados
Unidos.
Es decir, uno será el análisis de la Corte sobre el TLC y su ley aprobatoria
-Ley 1143, sancionada por Uribe el 4 de julio del 2007-, y otro el examen
del Protocolo Modificatorio y su ley aprobatoria -1166 del 2007-.
Con esta decisión, la Corte define uno de los interrogantes clave planteados
sobre el trámite del TLC ante sus estrados: la acumulación o no de los
expedientes sobre el acuerdo y su Protocolo, los cuales están estrechamente
relacionados.
En la práctica, mientras que el TLC incluye todos los capítulos negociados
entre ambos países, con anexos y cartas adjuntas, el Protocolo consagra los
cambios introducidos en los apartes de propiedad intelectual, medio
ambiente, solución de controversias, asuntos laborales, compras públicas e
inversiones.
El primer expediente, el del TLC, a cargo de la jurista Vargas- aún está en
la etapa probatoria, por cuanto el Congreso de la República todavía avanza
en el envío de los documentos requeridos por la corporación. Este proceso
tiene fecha de radicación de 13 de julio del 2007.
El segundo expediente, el del Protocolo, cuya ponencia le correspondió al
magistrado Cepeda, está al despacho desde el pasado 6 de diciembre.
En este proceso, la Corte ya abocó el examen de constitucionalidad y pidió
las primeras pruebas al Ejecutivo y al Legislativo.
El alto tribunal comunicó del inicio de este proceso al presidente Álvaro
Uribe, a la presidenta del Congreso, Nancy Patricia Gutiérrez, y al
Canciller.
En esencia, la Corte le pidió al Ministerio de Relaciones Exteriores remitir
los antecedentes del Protocolo y de la carta adjunta materia de revisión,
así como de las razones que justifican la constitucionalidad del mismo.
Las pruebas requeridas al legislativo tienen como escenarios la Comisión
Segunda del Senado de la República, la Secretaría General de la Cámara Alta,
la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes y la Secretaría General
de la Cámara Baja.
Cada una de estas instancias deberá remitir al alto tribunal los siguientes
documentos relativos al trámite del proyecto que culminó en la Ley 1166 del
2007, aprobatoria del Protocolo Modificatorio del TLC.
Esto es, según la Corte, desde la Gaceta del Congreso de la República en
donde apareció publicado el texto original del Protocolo Modificatorio hasta
copia del acta de la sesión de discusión del último informe de conciliación.
A juzgar por el requerimiento de pruebas, la Corte busca analizar, de manera
detallada, el trámite de este proyecto de ley. Sin embargo, no hay hasta el
momento una solicitud de pruebas que les permita a los magistrados estudiar
el contenido en sí del Protocolo Modificatorio.
Por ejemplo, la Corte le pidió a la Comisión Segunda del Senado un total de
ocho documentos e incluyó, además, una certificación sobre el desarrollo de
los debates realizados para la discusión y aprobación de esta iniciativa;
deberá especificar el quórum y la votación finalmente obtenida.
Mientras que el alto tribunal le pidió al Secretario General del Senado 13
documentos; al Secretario de la Comisión Segunda de la Cámara 8; y al
Secretario General de la Cámara Baja, 12, incluida la Gaceta del Congreso en
donde apareció publicado el texto completo del proyecto y su informe de
conciliación definitivo.
La presentación de pruebas sobre el proceso del TLC vencerá en 8 días
La Corte decidió que el período probatorio en este proceso vence el próximo
18 de enero del 2008.
Así, dispuso el alto tribunal, vencido el período probatorio y recibidas las
pruebas solicitadas, se permitirá la intervención de ciudadanos por 10 días
para defender o no la constitucionalidad del citado Protocolo y de su ley
aprobatoria. No se descarta la convocatoria a una audiencia pública.
Simultáneamente, la Corte le enviará el expediente a la Procuraduría General
de la Nación para que rinda el respectivo concepto.
Según el reglamento de la Corte, de ordinario, vencido el término para que
rinda concepto el Procurador, se iniciará el cómputo de 30 días para que el
magistrado sustanciador presente el proyecto de sentencia al alto tribunal.
Vencido este término, comenzarán a correr otros 60 días para adoptar la
decisión.
El mismo magistrado presentará por escrito el proyecto de fallo a la
Secretaría de la Corte, para que ésta envíe copia del mismo y del
correspondiente expediente a los demás magistrados. Entre la presentación
del proyecto de fallo y la deliberación de la Corte deberán transcurrir
cinco días.
El fallo de la Corte se producirá al ejercer el llamado control previo de
constitucionalidad, requisito para perfeccionar el vínculo internacional
entre los dos países. Sin el aval de la Corte, ningún convenio de esta
naturaleza surtirá efecto.
Según el Artículo 241 de la Constitución, una de las funciones de la Corte
es la de decidir definitivamente sobre la exequibilidad de los tratados
internacionales y de las leyes que los aprueben. Cualquier ciudadano podrá
intervenir sobre su constitucionalidad.
Así, si la Corte los declara constitucionales, el Gobierno podrá efectuar el
canje de notas; en caso contrario no serán ratificados.
En principio, si ningún magistrado se declara impedido o es recusado, los
juristas que definirán la exequibilidad del acuerdo bilateral son: Clara
Inés Vargas, Rodrigo Escobar,Humberto Sierra, Jaime Araújo, Manuel José
Cepeda, Jaime Córdoba, Marco Gerardo Monroy, Nilson Pinilla y Mauricio
González.
El pasado 7 de diciembre fue radicado un memorial ante la Secretaría de la
Corte por Alberto Bravo, presidente de Asinfar -gremio que representa a las
farmacéuticas nacionales-. El documento planteaba a los magistrados la
necesidad de acumular los dos procesos de revisión de constitucionalidad:
tanto la Ley Aprobatoria del TLC como el Protocolo Modificatorio.
Según el dirigente gremial, la acumulación de los dos procesos es importante
para ratificar una de las denuncias que han hecho las farmacéuticas
colombianas sobre el TLC con Estados Unidos: la evidente violación de
principios y derechos fundamentales de los ciudadanos. Bravo sostiene que
resulta tan evidente en el TLC la falta de provisiones de los negociadores
colombianos para defender temas como el acceso a la salud, que fueron los
propios congresistas demócratas de Estados Unidos los que propusieron hacer
los ajustes, que finalmente fueron incorporados en el Protocolo.
'' La Corte emitirá el fallo de constitucionalidad del TLC, aún si en su
momento no se ha logrado la aprobación del acuerdo por parte del Congreso de
Estados Unidos.
NUEVA ESTRATEGIA
Una reunión programada para el próximo martes 15 de enero por el ministro de
Comercio, Luis Guillermo Plata, con gremios y empresarios interesados en
impulsar el TLC con E.U., definirá el rumbo de nueva estrategia. El ministro
Plata confirmó que a esta reunión asistirá también la embajadora Carolina
Barco, y que el objetivo será definir las líneas de acción que se seguirán
en el 2008 para garantizar la aprobación del tratado en el Congreso de E.U.
El ministro explicó que a partir de febrero próximo se reabre la ‘ventana de
oportunidad’ para el tratado colombiano, y será en esa fecha cuando se sabrá
si el Gobierno de Bush presentará la iniciativa para aprobación del
Congreso. El funcionario descartó que el acuerdo se presente si previamente
no está confirmado que se cuenta con los votos necesarios para su aprobación.
WILABR
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