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La ley Mipyme, novedoso marco jurídico

La sustentación jurídica de la pyme viene de la Ley 590 del 2000, que trata sobre la promoción del desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Mipyme).

Redacción El Tiempo
Esta ley contempló, por primera vez, un conjunto de herramientas e
instrumentos de apoyo a este segmento productivo y estableció las categorías
de Micro, Pequeña y Mediana empresa. Así mismo, incentivó la creación de
nuevas empresas, el fortalecimiento de las existentes, creó el fondo
Fomipyme, así como las condiciones para la aplicación del régimen tributario
especial para municipios, distritos y departamentos y la articulación
institucional.
Sin embargo, en el Congreso de la República, motivados por tener una mejor
condición legal para el sector, la Ley Mipyme fue modificada en el 2004,
dando origen a la Ley 905, que introdujo elementos como el Sistema Nacional
de Apoyo a este segmento productivo, pero se perdieron algunos otros que se
habían planteado cuatro años atrás.
Antes de entrar a conocer algunas otras políticas que aplican para la pyme,
hay que tener en cuenta que las normas que regulan la actividad empresarial
son de aplicación transversal, es decir, que cobijan todos los sectores de
la economía y a todo nivel de empresa, tales como agropecuario,
construcción, industria, comercio, transporte, servicios, financiero y
turismo.
Para los exportadores
Las normas que regulan los tres regímenes existentes como Importación,
Exportación y Tránsito Aduanero están consignadas en el Estatuto Aduanero,
Decreto 2685 de 1999 y la Resolución 4240 de 2000 de la DIAN, y sus
respectivos Decretos y Resoluciones modificatorias.
El Estatuto Aduanero es el marco legal regulatorio sobre procedimientos y
normatividad aduanera a cumplir en el país y, la Resolución 4240 del 2000
establece la reglamentación del Decreto 2685 del 28 de diciembre de 1999
sobre la legislación aduanera.
Parafiscales y otros
Las normas que regulan los aportes parafiscales, la seguridad social
integral, los impuestos de renta, ventas, retención en la fuente e impuesto
al patrimonio son normas que aplican a todos los sectores y a todo nivel de
empresas.
No obstante, el Artículo 43 de la Ley 590 del 2000 establece que los aportes
parafiscales destinados al Sena, al Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar (ICBF) y a las cajas de compensación familiar, a cargo de las
micro, pequeñas y medianas empresas que se constituyan e instalen a partir
de la promulgación de la citada Ley, son objeto de las siguientes
reducciones:
- Setenta y cinco por ciento (75 por ciento) para el primer año de
operación;
- Cincuenta por ciento (50 por ciento) para el segundo año de operación; y
- Veinticinco por ciento (25 por ciento) para el tercer año de operación.
Normas ambientales
Aunque no hay normas ambientales orientadas exclusivamente a las pymes, sí
existen en general y tienen cobertura en todas las empresas.
Dependiendo de los impactos que generen, están relacionadas con: la
localización de la empresa, de acuerdo con el uso del suelo, los estándares
de vertimientos, el trámite para concesiones de agua, el pago de tasas
retributivas por el vertimiento de carga orgánica y sólidos suspendidos, el
permiso de emisiones atmosféricas, la prevención y manejo de residuos
sólidos o desechos peligrosos y las relacionadas con el cumplimiento de los
niveles máximos de ruido.
De la Ley 99 de 1993, que reglamenta la creación del Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial y el Sistema Nacional Ambiental, se
desprende toda la normatividad que incluye decretos y resoluciones
reglamentarias.
Asistencia jurídica
Los pequeños y medianos empresarios que tengan dudas jurídicas sobre temas
relacionados con el sector, y de acuerdo con sus requerimientos de índole
fiscal, parafiscal, gravámenes, regímenes aduaneros para exportaciones e
importaciones, permisos previos y vistos buenos para exportar, reintegro de
divisas, medios de pago para la importación y exportación, certificados de
origen, marcas y patentes, derechos de autor, registro mercantil, registro
único empresarial, constitución jurídica de la empresa, y muchos más, pueden
dirigirse a la Dian, al ICA, Incoder (Inat, Inpa, Dri), Invima, Ingeominas,
Dama, Ministerio de Cultura, Banco de la República, centros de atención
empresarial -Zeiky-, Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o a las
cámaras de comercio de todo el país.
Redacción El Tiempo
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