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LOS ARTÍCULOS CUESTIONADOS

Este es el texto de los artículos que hoy desatan la polémica: Artículo 1. El artículo 340 del Código de Procedimiento Penal quedará así:

Artículo 340. Sólo por sentencia judicial se declarará extinguido el dominio de los bienes de propiedad del condenado que éste haya adquirido por enriquecimiento ilícito de funcionarios o de particulares, provenientes de delitos contra la administración pública, secuestro, narcotráfico o conexos por los que se profiera o haya proferido sentencia condenatoria. En todo caso quedarán a salvo los derechos de terceros de buena fe. Los bienes que de esta manera pasen al dominio público serán de propiedad de la Fiscalía General de la Nación.
En ningún proceso por delitos de enriquecimiento ilícito o testaferrato habrá lugar a inversión de la carga de la prueba, ni se proferirá sentencia condenatoria sin que en el mismo fallo o en otro anterior conste la responsabilidad del procesado por alguno de los delitos mencionados contra la administración pública, secuestro, narcotráfico o conexos, establecida de acuerdo con el artículo 29 de la Constitución Política (...).
Artículo 2. El Código de Procedimiento Penal tendrá un artículo 340A del siguiente tenor:
Artículo 340A. Salvo los casos de flagrancia en el delito y de objetos prohibidos por la ley, la retención, ocupación o comiso provisional de bienes de propiedad del sindicado que se presuma provienen de la ejecución de un delito o han servido para su comisión, solo procederán por mandamiento escrito y motivado del respectivo juez de conocimiento, y los bienes serán puestos de inmediato a disposición jurídica del juez competente y bajo la custodia y administración de la Fiscalía General de la Nación.
El juez podrá emitir dicha orden con los mismos requisitos formales y probatorios que la ley prevé para proferir medida de aseguramiento de detención preventiva, y la revocará cuando esta última se levante o revoque, o cuando se profiera resolución de cesación de procedimiento o preclusión de la investigación o sentencia absolutoria.
El comiso provisional no podrá extenderse más allá de los plazos previstos en la ley para la calificación del mérito sumario, a menos que se dicte resolución acusatoria, caso en el cual podrá prolongarse hasta que venzan los términos para dictar sentencia (...).
REACCIONES
Andrés González. Ex ministro de Justicia
El ex ministro de Justicia Andrés González Díaz dijo que sería una vergenza para el país si el Congreso aprueba el proyecto de ley que pretende acabar con la justicia sin rostro, los delitos de enriquecimiento ilícito y testaferrato y cambiar las reglas de juego en torno a la administración y confiscación de bienes incautados al narcotráfico.
Una ley de esa naturaleza dejaría sin piso todos los esfuerzos de la justicia regional en la cual se tramitan los procesos más importantes que son precisamente contra los delitos más graves , sostuvo González Díaz en diálogo con EL TIEMPO.
Recordó que él, como ministro de Justicia envió cartas al Senado y a la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, en las que dejaba en claro que el Gobierno no estaba de acuerdo con el trámite de esa iniciativa y que, de todas maneras, si era aprobada en las cuatro sesiones del Senado y la Cámara, el Presidente no la sancionaría.
Afirmó que en comunicación que envió al entonces presidente de la Comisión Primera de la Cámara, Ricardo Rosales Zambrano, expresó la voluntad del Gobierno de participar en el debate de dicha iniciativa.
Recordó que él, precisamente, fue uno de los primeros sorprendidos cuando en el Senado de la República se aprobó ese proyecto a pupitrazo limpio en una sesión en la que además se alteró el orden del día para darle paso.
GABRIEL DE VEGA. Director Nacional de Estupefacientes\ Tal y como estaba siendo concebida la norma, significaba que iba en contravía del esfuerzo colombiano desde el punto de vista jurídico para combatir el narcotráfico y delitos conexos.
Esto hubiera dejado al Estado colombiano en imposibilidad absoluta de incautar bienes y acabaría con una figura preciosa en la lucha contra la criminalidad como el testaferrato...
JAIRO ARTURO ROMERO. Ponente del proyecto en la Cámara
No es cierto que se haya alterado el orden del día para aprobar a pupitrazo el proyecto, tampoco se disolvió el quórum.
Todo el articulado se leyó, se sometió a discusión y nadie objetó nada.
Mientras seguía el debate yo fui a mi oficina a hacer unas llamadas a Cali y cuando regresé ya estaba el ministro de Justicia solicitando que se reabriera el debate, le dijimos que para eso quedaba la plenaria, pero finalmente aceptamos que se hiciera.
Los parlamentarios del Valle estamos siendo estigmatizados, cuando nuestro único compromiso es ser parlamentarios. Expresar una opinión no es un delito, y en el proyecto consideramos que es una iniciativa para todo el mundo; tenemos que quitar el cariz de que sólo es para determinados delitos. Hay que castigar el delito cualquiera que sea, lo importante es generar justicia...
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