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VIGENTE LA CARRERA ADMINISTRATIVA
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil (DASC), Bernardo Navas Talero, envió una circular a todos los directores y gerentes de las empresas y entidades distritales en la que les advierte la obligación que tienen de cumplir toda la normatividad sobre la carrera administrativa.
El funcionario les recordó que no pueden incurrir en despidos de personas cobijadas por el fuero que da la carrera administrativa, salvo en aquellos casos expresamente señalados por la ley.
Por:
REDACCION EL TIEMPO
24 de octubre 1992 , 12:00 a. m.
Navas Talero, que fue citado a la Comisión Laboral del Concejo para que explicara las inquietudes que despertó un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, dijo que las normas que rigen la carrera administrativa en el Distrito no han sido suspendidas ni anuladas, y que por lo tanto están en plena vigencia por el principio de la presunción de legalidad.
Agregó que el Consejo de Estado en sentencia del 8 de junio de 1989, dijo que todo acto de la administración que riña con la ley suprema, sólo puede ser invalidado por la jurisdicción de lo contencioso administrativo que es la autoridad que tiene tal capacidad.
El Tribunal señaló que tanto la carrera administrativa como los decretos reglamentarios eran inconstitucionales, pero, no obstante, no anuló ninguno de los dos.
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