Bienvenido
has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.
El correo electrónico de verificación se enviará a
Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.
NO, CAMBIAR CORREO
SI, ENVIAR
Queremos que encuentres las noticias que más te interesan
Sigue tus temas favoritos en un lugar exclusivo para ti.
descubre
¨mis noticias¨
Un lugar exclusivo,
donde podrás seguir tus
temas favoritos .
¡elígelos!
¡hola!
Aquí también puedes encontrar "Mis Noticias"
y seguir los temas que elegiste en la APP.
¡Descubre cómo funciona!
lo último
La manera más rapida para ponerte al día.
Mis noticias
Una sección exclusiva donde podras seguir tus temas.
editar favoritos
Cuando quieras, cambia los temas que elegiste.
¡Tus temas favoritos han sido guardados!
Ahora estas siguiendo
4 TEMAS
Te contamos como funciona
LO ÚLTIMO
La manera más rapida para ponerte al día.
MIS NOTICIAS
Una sección exclusiva donde podrás seguir tus temas.
EDITAR FAVORITOS
Cuando quieras, cambia los temas que elegiste.
VER MIS NOTICIAS
Lo haré después
Recuerda que para ver tus temas en todos tus dispositivos, debes actualizar la App de El Tiempo.
Gobierno reglamenta la reposición de los vehículos de carga por carretera
El ingreso de nuevos automotores al servicio público de transporte de carga
por carretera se hará mediante el mecanismo de reposición, una vez se
demuestre que el vehículo con más de 20 años fue desintegrado.
Por:
REDACCION EL TIEMPO
31 de agosto 2006 , 12:00 a. m.
Así lo establece el decreto 2868 del 28 de agosto de 2006, expedido por el
Ministerio de Transporte, así mismo, explica que el propietario del
automotor deberá cancelar sus licencia de tránsito y el Registro Nacional de
Carga y presentarlo a las autoridades correspondientes para que se autorice
la reposición del automotor.
Indica que la condición de equivalencia tendrá vigencia solo cuando la
capacidad de carga del vehículo o la suma de las capacidades de carga de los
vehículos sometidos a la desintegración, sea igual al 50 por ciento de la
capacidad del automotor a registrarse.
En caso de que el propietario de un nuevo vehículo no lo desintegre en forma
inmediata, tendrá que constituir una garantía o una póliza por 18 meses
equivalente a la suma de un 1.250.000 pesos, multiplicado por la capacidad
de carga del automotor obligada a desintegrar.
Si se vencen los 18 meses y no se ha realizado la desintegración, el
Ministerio de Transporte declarará la ocurrencia del siniestro y se hará
exigible la garantía para efectuar el proceso de reposisción.
REDESCUENTO
De otro lado el decreto 2868 ordena que las entidades financieras públicas
desarrollen líneas de redescuento y sistemas de garantía para los pequeños
transportadores de carga por carretera, de los vehículos desintegrados.
Llegaste al límite de contenidos del mes
Disfruta al máximo el contenido de EL TIEMPO DIGITAL de forma ilimitada. ¡Suscríbete ya!
Si ya eres suscriptor del impreso
actívate
* COP $900 / mes durante los dos primeros meses
Sabemos que te gusta estar siempre informado.
Crea una cuenta y podrás disfrutar de:
- Acceso a boletines con las mejores noticias de actualidad.
- Comentar las noticias que te interesan.
- Guardar tus artículos favoritos.
Crea una cuenta y podrás disfrutar nuestro contenido desde cualquier dispositivo.