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Magistrados de Corte, ocupados en condena por tocar nalgas

Los nueve magistrados penales más importantes del país dedicaron ayer 20 minutos de su tiempo para escuchar los argumentos de un caso que sigue levantando polémica en el país: la condena de cuatro años de prisión a un hombre por tocarle las nalgas a una mujer en la calle.

Redacción El Tiempo
Estos jueces, que integran la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia,

Conforme a los criterios de

escucharon los argumentos de la Fiscalía, Procuraduría, defensor del acusado
y representante de la víctima. Ni Víctor Alfonso García, el condenado, ni
Diana Marcela Díaz, la víctima, sí estuvo presente.
La controversia corrió por cuenta del enfrentamiento entre la Procuraduría y
la Fiscalía. El procurador delegado para este caso, Henry Bustos, señaló que
si bien este tipo de actos son cuestionables porque atentan contra la
diginidad de la mujer, no es un delito y por tanto una persona no puede ser
condenada por ese hecho.
Insistió en que hay un enorme vacío jurídico en el tema de ahí que ese tipo
de conductas no pueden equipararse por otras conductas sexuales como el
acceso carnal violento. Por eso pidió absolver a García.
Esa posición fue respaldada por su abogada defensora,Elsida Molina, quien
también señaló que este tipo de conducta es una contravención y no un
delito, con lo cual pidió anular el proceso y enviar a su cliente a una
estación de policía para que le impongan la sanción respectiva.
Por su parte, la fiscal Ángela Buitrago, que siguió en el turno del uso de
la palabra, ratificó que todo acto que vaya en contra de la intimidad de la
mujer es una agresión que debe ser sancionada ejemplarmente por la justicia.
Señaló que si bien no hubo violencia en el acto no por ello es menos grave y
atentatorio de las normas penales que protegen la integridad de la mujer.
“Aquí no se trató de una simple tocada de nalgas. Aquí la agresión fue mucho
mayor porque comprometió los otros órganos íntimos de la mujer. Es una
agresión sexual que no necesita de sangre para ser calificada como tal”,
señaló con vehemenica la fiscal.
Los hechos ocurrieron en junio del 2005 cuando Diana Marcela Díaz caminaba
por un sector del barrio Rionegro, de Bogotá, y de un momento a otro un
joven en bicicleta se le abalanzó y le tocó las partes íntimas. La reacción
de ella provocó que el hombre cayera y fuera capturado por un auxiliar de
policía.
En primera instancia, un juez penal de Bogotá lo absolvió, pero en segunda
el Tribunal Superior de esta ciudad condenó a García a cuatro años de
prisión por el delito de acto sexual abusivo. Ese fallo concedió el
beneficio de detención domiliciaria que luego fue revocada hasta que se
pronuncie la Corte.
La Corte Suprema de Justicia aunque tiene un plazo de 60 días para emitir el
fallo, es muy posible que lo haga antes. La Sala Penal de la Corte está
integrada por nueve magistrados: una mujer y ocho hombres.
REACCIONES
Florence Thomas
“Es lamentable lo que ha hecho la Procuraduría. Entonces aquí poco a poco
los hombres podrán hacer los que les dé la gana con el cuerpo de las
mujeres, y eso es lamentable.
Creo que en este caso la mujer tuvo todo el derecho de denunciar porque los
hombres no pueden tocar las nalgas de la mujer cuando les dé la gana. Ojalá
haya una sanción, no digo que los cuatro años, pero sí sancionar”.
Alejandra Azcárate
“Mi posición es que estoy de acuerdo con la Procuraduría porque no lo
considero un delito por más que sea un irrespeto. Me parece increíble que en
un país que se está desangrando, la gente que recibe 4 años de prisión sea
por tocarle la cola a una mujer cuando la calle está llena de hampones. Esa
filosofía jurídica yo no la entiendo”.
Redacción El Tiempo
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